La pensión por viudez es uno de los múltiples trámites a realizar tras la muerte de la pareja, ya sea esposo o concubino, y consiste en un apoyo económico que brinda el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
La dependencia explica que la pensión aplica para la pareja del asegurado fallecido, y el dinero que le otorga proviene de estos seguros y prestaciones:
- Riesgos de Trabajo.
- Invalidez.
- Retiro.
- Cesantía en Edad Avanzada o Vejez.
Pensión por viudez del IMSS: ¿Quién puede solicitarla?
- La persona beneficiaria de la pensión por viudez es la esposa o esposo.
- Si la persona fallecida no era casada o estaba divorciada, el beneficio corresponde la pareja que vivió con él en sus últimos cinco años de vida.
- A falta de ambas parejas, la pensión por viudez corresponde a la persona que tuvo hijos con la o el fallecido, siempre que ambos permanecieran libres de matrimonio durante el concubinato.
- Si el fallecido tenía varias parejas antes de morir, ninguna recibirá pensión por viudez.
Pensión por viudez del IMSS: Estos son los requisitos
Las condiciones que impone el IMSS para brindar una pensión por viudez involucran al asegurado fallecido y a la persona beneficiaria.
Requisitos que necesita la o el fallecido para que aplique la pensión por viudez
- 150 semanas cotizadas al momento de su muerte, excepto si falleció a causa de un riesgo de trabajo.
- Sus derechos deben permanecer vigentes.
- Si el asegurado murió por accidente de trabajo, la persona viuda debe solicitar un Dictamen de Incapacidad Permanente o de Defunción por Riesgos de Trabajo ST-3, que entregan los Servicios Médicos Institucionales.
- Si el fallecido tenía una pensión de incapacidad permanente y muere por causas ajenas a un riesgo de trabajo, deberá completar las 150 semanas cotizadas. Sin embargo, si la persona tenía menos de cinco años recibiendo dicha pensión de incapacidad, no requerirá las 150 semanas.
Requisitos que debe cumplir la o el viudo para tener la pensión del IMSS
- La esposa o esposo debe acreditar el vínculo matrimonial, misma situación para la pareja que vivía en concubinato con el fallecido.
- La pareja debe acreditar la dependencia económica del fallecido ante el IMSS.
- Si la persona viuda desea su pensión bajo el amparo de la ley del Seguro Social de 1973, tendrá que acreditar su total incapacidad a través de un Dictamen de Beneficiario Incapacitado ST-6.
- La beneficiaria de la pensión por viudez recibirá la pensión conforme al mismo régimen de la persona fallecida.
Documentos para solicitar la pensión por viudez del IMSS
Del fallecido:
- Cualquier documento de IMSS, Infonavit o Afore que tenga su nombre y número de seguridad social.
- Clave Única del Registro de Población (CURP).
- Estado de cuenta de Afore no mayor a seis meses.
- Copia certificada de acta de nacimiento, adopción o reconocimiento.
- Copia certificada del acta de defunción.
De la viuda
- Identificación oficial con copia y firma: Puede ser INE, cédula profesional, cartilla militar o pasaporte.
- Comprobante de domicilio no mayor a tres meses.
- CURP.
- Constancia de inscripción al Registro Federal del Contribuyentes (RFC).
- Número de cuenta y Clave bancaria emitida por alguna institución de crédito autorizada por el IMSS.
- Copia certificada del acta de nacimiento, adopción o reconocimiento.
- Si la persona beneficiaria es la esposa o esposo, deberá presentar copia certificada del acta de matrimonio.
- Si la persona beneficiaria es concubina, deberá presentar su acta de nacimiento, adopción o reconocimiento, así como una copia certificada del acta de resolución, “emitida por autoridad judicial, que acredite la relación de concubinato”.