Las fiestas decembrinas significan una cercanía con los seres queridos y también una oportunidad para hablar de uno de los temas que más incomodidad generan, pero muy necesario: el dinero y las deudas.
Adolfo Ruiz, experto en finanzas personales en el banco Ve por Más (Bx+), resaltó la importancia de eliminar el tabú sobre temas financieros con la familia o amigos cercanos. Esto cobra mayor relevancia si se toma en cuenta que hay deudas que pueden considerarse “heredables” o que implican a un tercero en caso de que fallezca el titular.
Entre este tipo de deudas que van “más allá de la muerte” están los créditos hipotecarios, las tarjetas de crédito y asumir ser avales en la deuda de otra persona
En el primer caso, puntualizó Ruiz, sucede por dos motivos: con un deudor solidario que se requiere, como la pareja o hijos, al solicitar un monto mayor del crédito, y en caso de fallecimiento la institución podría cobrar la deuda al familiar a cargo.
Para quienes deciden ser avales “es muy importante saber a quién le estás prestando, porque en caso de que esa persona no pague se te puede cobrar a ti”, advirtió. En el caso de las tarjetas de crédito ahondó en que si se tienen más de tres meses de adeudo se pasa a la persona que se designó como eventual responsable.
Sobre este tema, Gerardo Obregón, fundador y director general de Prestadero, agregó que cuando hay tarjetas adicionales y legalmente hay un único responsable por esa línea de crédito, entonces las personas que las porten no tienen ninguna obligación de pagar algún financiamiento pendiente.
Sin embargo, es importante que no se realicen compras o cargos posteriores al fallecimiento del titular, ya que esto podría cambiar las condiciones, indicó.
En este aspecto, el especialista de Ve por Más advirtió que usar una tarjeta de un fallecido puede considerarse fraude y usurpación de identidad, delitos que incluso pueden terminar en cárcel. Por ello, recomendó abstenerse de estas prácticas y ponerse en contacto con la institución correspondiente para aclarar todas las dudas.
Obregón abundó que en los créditos automotrices, si el titular del crédito fallece la deuda quedará saldada y el vehículo tendrá que ser entregado a los familiares, cónyuge, hijos o cualquier persona legalmente designada con todos los documentos requeridos y que hagan válida la liberación del vehículo.
Lo anterior siempre y cuando al momento de la adquisición se haya hecho con un seguro de vida incluido que cubra la totalidad de la deuda en caso de fallecimiento, ahondó el directivo de Prestadero.
Precauciones
- Es importante tener los contratos a la mano y revisar a detalles todas las cláusulas.
- Si eres aval u obligado solidario, las deudas te van a perseguir si fallece la persona que las contrajo.
- Tienes que notificar o asegurarse que así sea, a las instituciones de crédito sobre el deceso.