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Aguinaldo 2022: ¿Qué hacer si no te lo pagan a tiempo?

La Ley General del Trabajo detalla en su artículo 87 que las y los trabajadores deben recibir su aguinaldo como parte de las prestaciones que la empresa les da.

El trabajador contará con un año para reclamar que no se le pagó el aguinaldo ante las instancias jurisdiccionales competentes. (Cuartoscuro).

El 20 de diciembre es la fecha límite para que tu patrón te pague lo correspondiente a tu aguinaldo. La Ley Federal del Trabajo establece en el Artículo 87 que los trabajadores tendrán derecho a esta prestación.

El aguinaldo equivale a 15 días de salario, por lo menos. La Ley establece que es una obligación del empleador pagar el aguinaldo en tiempo y forma.

En caso de incumplimiento, de manera completa o extemporánea, el patrón se hará acreedor a una multa.

¿Qué hacer si no te pagan el aguinaldo?

El trabajador contará con un año para reclamar ante las instancias jurisdiccionales competentes, esto es, Juntas de Conciliación y Arbitraje Federales o Locales y/o Tribunales Laborales Federales o Locales, y en su caso, los Centros Federal de Conciliación y Registro Laboral.

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) brinda asesoría y representación en caso de incumplimiento del patrón con el pago del aguinaldo.

Vía telefónica al 5998-2000, extensiones 44740 y 44741 o al 8007172942.


En este caso, la Procuraduría te brinda asesoría legal gratuita. En un inicio, el abogado puede intentar una mediación entre el patrón y el trabajador antes de iniciar un proceso de demanda.

Para iniciar con una demanda deberás acreditar la relación laboral que llevas con tu patrón y esto puede ser a través de:

  • Un contrato.
  • Una credencial de empleado.
  • Recibos de nómina.

Además de que el pago de esta prestación no puede darse en especie,debe entregarse en una sola exhibición y no por partes.

¿Cuánto es la multa por no pagar el aguinaldo?

Si este derecho garantizado por ley no se cumple en tiempo y forma, los trabajadores pueden realizar los reclamos pertinentes ante la autoridad competente, y el patrón se hará acreedor a una multa.

Si el patrón incumple con el aguinaldo, se contemplan sanciones de 50 a 500 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) para este tipo de infracciones. La norma establece multas que van de los 4 mil pesos hasta los 45 mil pesos. Se considera incumplimiento tanto no pagar el aguinaldo como hacerlo después del 20 de diciembre.

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