Si aún no has presentado tu declaración anual 2023 ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), te tenemos buenas noticias, el órgano fiscal dio una prórroga para entregar este trámite.
Ante esto, la fecha límite para presentar la declaración anual de impuestos para personas morales será el próximo 3 de abril y no el 31 de marzo, como lo había contemplado en un inicio el SAT.
¿La razón? El brazo derecho de la Secretaría de Hacienda explicó que dio este plazo debido a una disposición del Código Fiscal de la Federación (CFF), que establece que si la fecha límite cae en un día en que la oficina de impuestos está cerrada o en un día festivo, la fecha se extenderá al siguiente día hábil.
En este caso, el 31 de marzo cae en viernes, que es un día hábil, por lo que la fecha límite se recorre al lunes y los contribuyentes gozarán de un día extra para entregar este trámite.
A pesar de este plazo, expertos piden a las personas morales no esperar hasta el último momento para cumplir con sus obligaciones fiscales, aunque ésta puede ser útil en caso de cualquier problema técnico o interrupciones con el portal de internet del SAT.
¿Qué multas puedes recibir por no hacer tu declaración anual?
La declaración anual suele ser un proceso complejo para muchos contribuyentes e incluso algunos optan por no hacerla, lo cual implica ser sujetos a posibles sanciones por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Para determinar una sanción, las autoridades envían una carta invitación a los contribuyentes vía correo electrónico y de no ser atendida el siguiente paso sería la multa.
Por esta razón, el sitio web del SAT detalla que el contribuyente que falle con sus obligaciones fiscales puede enfrentar dos tipos de multas:
- Por no presentar su declaración anual en caso de tener que hacerla.
- Por cada una de las obligaciones incumplidas.
Las multas por obligación no declarada son:
- Van desde los mil 400 hasta los 17 mil 370 pesos.
- Por cada obligación presentada fuera del plazo pueden tener una multa que va desde los mil 400 pesos a los 34 mil 730 pesos.
- Si el contribuyente está obligado a presentar sus declaraciones por internet y no lo hace, lo realiza fuera de plazo o no cumple con los requerimientos, puede derivar en una multa que va desde los 14 mil 230 a los 28 mil 490 pesos.
Las multas deben ser pagadas en tiempo y forma. De lo contrario te puedes hacer acreedor de sanciones adicionales.
Recuerda que no solo con multas donde pagas dinero puedes verte afectado en caso de retrasos o errores en tu declaración anual, sino que también es posible que perjudique tu historial crediticio.
¿Qué gastos sí son deducibles de impuestos?
Según el órgano fiscal, los siguientes gastos sí pueden deducirse:
- Gastos médicos, dentales, de enfermeras y gastos hospitalarios, incluido el alquiler o compra de aparatos para rehabilitación, prótesis, análisis y estudios clínicos
- Lentes ópticos graduados hasta por 2 mil 500 pesos
- Pagos por primas de seguro de gastos médicos
- Los intereses reales, efectivamente pagados en el ejercicio, por créditos hipotecarios para tu casa habitación
- Donativos
- Transporte escolar obligatorio
- Aportaciones voluntarias al fondo de retiro
- Impuestos locales por salarios
- Colegiaturas (desde preescolar hasta preparatoria)