El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó este viernes que otorgó una nueva prórroga, hasta el 2 de octubre, para que los contribuyentes que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza (Resico) puedan hacer sus declaraciones fiscales sin la e.firma activa.
“Con el fin de que los contribuyentes puedan cumplir con sus obligaciones fiscales también se amplía el plazo, al 2 de octubre de 2023, tengan activo su Buzón Tributario”, añadió.
Y se posterga el plazo para que puedan seguir emitiendo facturas electrónicas con las aplicaciones “Factura fácil” y “Mi nómina” de “Mis cuentas”.
“En este régimen, para contribuyentes con ingresos hasta de 3.5 millones de pesos, la tasa del impuesto sobre la renta (ISR) es desde 1 por ciento hasta 2.5 por ciento”, explicó el SAT.
Pueden acceder a dicho beneficio los contribuyentes que realizan las siguientes actividades:
● Actividades empresariales y profesionales como talleres mecánicos, imprentas, restaurantes, cafeterías, cocinas económicas, cantinas, bares, tiendas de abarrotes, misceláneas, minisúper, escuelas, guarderías, ferreterías y refaccionarias; así como abogados, contadores, médicos, odontólogos, entre otros servicios profesionales, entre otros.
● Uso o goce de bienes inmuebles (arrendamiento de departamentos, casas y locales comerciales).
● Actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras (Agapes).
Adicionalmente, pueden obtener ingresos por salarios e intereses, siempre que la totalidad de los ingresos no supere el monto de los 3.5 millones de pesos al año.
Especialistas fiscales comentaron que en el caso del Resico había la amenaza de que si no tenían la firma electrónica podrían quedar fuera de este régimen y no podrían facturar.
El SAT ha postergado en varias ocasiones en 2022 y en 2023 la obligación de tener la e.firma, por fallas en el aplicativo o por problemas de escasez de citas.
Por ejemplo, el año pasado había una fecha límite el 30 de junio y se pasó al 31 de diciembre y luego en este año se prorrogó al 31 de marzo de 2023, luego al 30 de junio y ahora al 2 de octubre.
Los expertos explican que con estas prórrogas el SAT da un respiro a los contribuyentes, pero también la propia autoridad se lo da, porque no se daba abasto atender a todos los causantes para emitirles su firma electrónica y el certificado de sello digital.