La pensión del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) tiene la posibilidad de ser heredada en determinadas circunstancias.
Esta es una prestación a la que acceden las y los trabajadores, al final de su vida laboral, cuando tienen un accidente de trabajo o una enfermedad que impida que laboren.
¿En qué casos se puede heredar la pensión?
En caso de que la persona pensionada fallezca, el IMSS protege a sus beneficiarios: en caso de orfandad, cuando los hijos tienen menos de 15 años. El vínculo se debe comprobar.
A partir de los 16 años y hasta los 25 deberán comprobar sus estudios, a menos que el hijo tenga algún tipo de invalidez reconocida por el IMSS.
También se tiene derecho a la pensión de la persona fallecida si eres el viudo o la viuda. También se considera si viviste con el pensionado los últimos cinco años.
La pensión de ascendientes. El IMSS establece que los padres de las personas aseguradas pueden acceder a la pensión cuando no haya cónyuge, hijos o concubina. El monto es del 20 por ciento de la pensión que el asegurado estuviese gozando al fallecer.
¿Cuáles son los requisitos para la pensión de orfandad?
- Acreditar el vínculo de padre, madre e hijo del pensionado fallecido.
- Acreditar edad del hijo o hija.
- Que el asegurado haya tenido al momento del fallecimiento 150 semanas cotizadas y tenga vigencia de derechos.
- Dictamen de Incapacidad Permanente o de Defunción por Riesgos de Trabajo ST-3, expedido por el IMSS, en caso de que la persona fallezca por accidente de trabajo.
- Dictamen de Beneficiario Incapacitado ST-6 emitido por el IMSS en caso de que el hijo o hija tenga alguna discapacidad.
¿Cuáles son los requisitos para la pensión de viudez?
- La esposa o esposo debe acreditar el vínculo matrimonial, misma situación para la pareja que vivía en concubinato con el fallecido.
- La pareja debe acreditar la dependencia económica del fallecido ante el IMSS.
- Si la persona viuda desea su pensión bajo el amparo de la ley del Seguro Social de 1973, tendrá que acreditar su total incapacidad a través de un Dictamen de Beneficiario Incapacitado ST-6.
- La beneficiaria de la pensión por viudez recibirá la pensión conforme al mismo régimen de la persona fallecida.
¿Cuáles son los requisitos para la pensión de ascendientes?
- Acreditar el vínculo filial con el asegurado o pensionado fallecido.
- Que no exista cónyuge, hijos o concubina con derecho a la pensión.
- Que el asegurado hubiese tenido, al momento de su fallecimiento, 150 semanas de cotización y se encontrara vigente o en conservación de derechos.
- “Dictamen de Incapacidad Permanente o de Defunción por Riesgos de Trabajo ST-3″, expedido por el IMSS, en caso de que la persona falleciera por accidente de trabajo.