¿Renunciaste a tu trabajo, pusiste un negocio o adquiriste un nuevo empleo? No olvides presentar tu aviso ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), pues deberás actualizar el régimen de situación fiscal.
El régimen fiscal está compuesto de una serie de derechos y obligaciones que adquiere un ciudadano cuando comienza a desempeñar una actividad económica específica. Según las actividades, la profesión y los ingresos que perciba en un tiempo determinado, cada individuo puede pertenecer a uno de los 10 regímenes con los que cuenta el SAT.
El cambio de régimen se realiza en caso de que las personas físicas cambien sus actividades económicas (reciban ingresos de una manera distinta a la que fue anteriormente registrada), al momento de su cambio y con no más de dos meses de anticipación.
¿Cuáles son los regímenes fiscales para personas físicas?
El SAT tiene los siguientes regímenes fiscales para personas físicas:
Régimen Simplificado de Confianza
En esta opción pueden inscribirse las personas físicas que realicen actividades empresariales, profesionales o que otorguen el uso o goce temporal de bienes, siempre que la totalidad de sus ingresos no excedan los 3 millones 500 mil pesos.
Sueldos y salarios e ingresos asimilados a salarios
Si fuiste contratado por una empresa o patrón y recibes un salario por una jornada laboral y actividades determinadas, te encuentras bajo este esquema.
Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales
Los contribuyentes que realizan actividades empresariales, venden bienes o prestan servicios (como fondas, misceláneas, salones de belleza, refaccionarias, talleres mecánicos, tintorerías, carnicerías, papelerías o fruterías) pueden ingresar a este régimen, siempre que el total de sus ingresos no exceda los dos millones de pesos.
Régimen de Incorporación Fiscal
El Régimen de Incorporación Fiscal es para aquellas personas físicas que tienen actividades empresariales que obtengan ingresos de hasta dos millones de pesos al año.
Enajenación de bienes
Es aquel en el cual las Personas Físicas obtienen ingresos derivados de toda transmisión de propiedad de bienes ya sea a través de una venta o permuta. Si realizaste una permuta o vendiste algún bien inmueble, o un automóvil, entre otros bienes, estás en este régimen.
Régimen de Actividades Empresariales con ingresos a través de Plataformas Tecnológicas
Fue implementado desde junio de 2022 para aquellas personas físicas que generan ingresos a través de aplicaciones en internet como Mercado Libre, Uber o Didi. Esta opción facilita el cumplimiento de tus obligaciones fiscales, al contar con la opción de que las plataformas tecnológicas les retengan el ISR e IVA y lo paguen directamente al SAT.
Régimen de Arrendamiento
Si eres dueño de un bien inmueble como una casa, edificio, departamento, local comercial y autorizas a otra persona para que lo utilicen por un tiempo y fines establecidos, a cambio de una renta, debes reportar estos ingresos ante el SAT bajo el régimen de arrendamiento.
Intereses
Si recibiste ingresos de instituciones bancarias, seguros o financieras, derivados de cuentas o inversiones bancarias, perteneces a este régimen.
Obtención de premios
Si te ganaste la lotería o recibiste el abono de un premio, debes agregarlo dentro de tu declaración anual o bien, ingresar este régimen al fisco.
Dividendos
Si eres socio o accionista dentro de una empresa (persona moral), obtienes ingresos derivados de la utilidades que generan, también conocidos como dividendos, ganancias o utilidades, los cuales debes reportar ante la autoridad fiscal.
¿Cómo hacer mi cambio de régimen fiscal del SAT en línea?
Si cambiaste de empleo, pusiste un negocio o dejaste de recibir ingresos por alguna actividad económica que desempeñabas, puedes cambiar tu régimen fiscal, a través del portal del SAT.
Para ello, deberás contar con Contraseña o e.firma y el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
Paso a paso para cambiar el régimen de situación fiscal por internet
- Ingresa a la sección Trámites en la página del SAT y en la barra superior, elige la opción RFC.
- Ingresa al apartado actualización, selecciona la opción: aumento y disminución de obligaciones.
- Llena los datos del formulario electrónico y firma el trámite con tu e.firma.
- Envía tu trámite al SAT e imprime y guarda el acuse de recibo electrónico.
¡Listo! Ahora solo deberás esperar la respuesta del SAT, en la que enviará el acuse de actualización o modificación de situación fiscal, que contiene resumen de datos de identidad, ubicación y tipo de aviso presentado.