El empleo en México parece tener un buen panorama después de la pandemia de COVID. Un reporte indica que en mayo se crearon 42 mil 618 puestos de trabajo formales, lo que representó el segundo mayor aumento de los últimos 16 años para un quinto mes, informó el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
El reporte de empleo detalló que de las plazas totales, 86.3 por ciento son empleos permanentes y 13.7 por ciento eventuales.
Cifras del IMSS señalan que en los primeros cinco meses de este año, se han creado 490 mil 13 puestos, de los cuales, 70.8 por ciento corresponde a empleo permanente.
Por tanto, si estás buscando trabajo, pronto podrías colocarte en una vacante, firmar tu contrato permanente y de paso tener prestaciones laborales, que son derechos y beneficios para los trabajadores, de parte de sus empresas.
¿Cuáles son las prestaciones laborales de ley en México?
Según la Ley Federal del Trabajo, las prestaciones laborales aplican cuando hay contratos colectivos e individuales.
Aguinaldo
Debe ser pagado por el patrón durante la primera quincena de diciembre. Se beneficia a trabajadores en activo. En el caso de extrabajadores que no hayan laborado el año completo, a ellos les tocará una parte proporcional.
Este concepto debe venir en tu contrato de trabajo, así como la cantidad o proporción que te será depositado. El pago del aguinaldo es un derecho de las y los trabajadores, establecido en el Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, con un pago correspondiente a por lo menos 15 días de salario.
Vacaciones y prima vacacional
En 2023 comenzó a aplicar un cambio importante en las vacaciones de los empleados, ya que ahora tienen derecho a 12 días de descanso, después del primer año laborado.
La prima vacacional es una cantidad adicional que se paga para que la persona tenga recursos y disfrute de su descanso. Para calcularla, se toma en cuenta el sueldo diario del trabajador que está descrito en los recibos de nómina. Dicha cantidad se multiplica por los días de vacaciones y el resultado se multiplica por 0.25.
Prima dominical
Este concepto aplica para quienes trabajan los domingos y corresponde al 25 por ciento del salario diario del empleado, según señala Ley Federal del Trabajo en el artículo 71.
Es posible que los horarios se ‘rolen’ y por ello de vez en cuando te toque trabajar en domingo, debes estar atento a tu recibo de nómina y en caso de que no se pague, comentarlo con Recursos Humanos.
Prima de antigüedad
De acuerdo con el artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo, este pago adicional se da a los colaboradores de planta, como incentivo por 15 años de servicio.
El cálculo de la prima de antigüedad en México se realiza con el número de años laborados y el salario diario del empleado. La cantidad monetaria equivale a doce días de salario por cada año de servicios.
Prestaciones por renuncia voluntaria
En caso de que el o la trabajadora decidan terminar su relación laboral con la empresa, tienen derecho a una serie de prestaciones: salario de los días laborados, aguinaldo, prima vacacional, utilidades y prima de antigüedad (si laboró 15 años).
Pago de utilidades
Si bien esta prestación no se aplica a todas las empresas, está enfocada en sectores como el productivo y de ventas. El pago procede cuando el patrón tuvo un ingreso anual declarado al impuesto sobre la renta mayor a 300 mil pesos en el ejercicio fiscal anterior.
Tienen derecho a las utilidades: los trabajadores eventuales que hayan laborado menos de sesenta días durante el ejercicio fiscal correspondiente, los directores, administradores y gerentes generales de las empresas, los trabajadores domésticos, socios o accionistas de la empresa y prestadores de servicios por honorarios.
Licencia de maternidad y paternidad
En México, tanto las mujeres como los hombres que estén por ser madres y padres, tienen derecho a solicitar una licencia de maternidad y paternidad.
Este derecho laboral para las mujeres aplica antes y después del parto. Les permite no asistir a sus labores hasta por 12 semanas, con goce de sueldo.
En el caso de los hombres, la licencia es de cinco días laborables con goce de sueldo cuando haya nacido su hijo.
Periodo de lactancia
La prestación está dirigida a personas que estén lactando, ya que tendrán derecho a descansar y alimentar a su hijo después del nacimiento. Consta de dos reposos extraordinarios por día, en un lugar adecuado e higiénico, que designará la empresa.
También es posible que se reduzca la jornada laboral de las personas, bajo un acuerdo con su jefe. Este permiso será de seis meses máximo, a partir del nacimiento del menor.
Licencia de adopción
Aplica para madres y padres que deciden adoptar a un infante. En el caso de las primeras, tienen derecho a un descanso de seis semanas con goce de sueldo.
Para los padres, el descanso es de cinco días con goce de sueldo. En caso de que no te paguen como debe ser, tendrás hasta un año para reclamarlo.
Días de descanso obligatorios por ley en México
Sí, descansar es un derecho que todos los trabajadores tienen para disfrutar y distraerse. Según la Ley Federal del Trabajo, se da uno por cada seis días laborados. En la mayoría de las empresas se otorgan dos y se aplica goce de salario.
Además, existen días de descanso obligatorios, por lo que si te toca trabajar, te deberán pagar hasta el triple por ser festivos.
Días de descanso obligatorio:
- El 1o. de enero.
- El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero.
- El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo.
- El 1o. de mayo.
- El 16 de septiembre.
- El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre.
- El 25 de diciembre.
Con información de Felipe Gazcón.