Las personas que desean jubilarse y comenzaron a cotizar a partir del 1 de julio de 1997 tienen derecho a elegir una de las tres modalidades que ofrece el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) dentro de este régimen.
La pensión por el régimen del 97 del IMSS ofrece las modalidades de renta vitalicia, la cual paga una aseguradora; retiro programado, donde el pago lo hace la AFORE y la pensión mínima garantizada, que corre a cargo del Gobierno.
Para elegir la mejor opción de retiro, debes tomar en cuenta que el monto de la pensión depende del saldo acumulado en tu cuenta AFORE, señala la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar).
Régimen 97 del IMSS: ¿Cuáles son sus modalidades?
Si estás por pensionarte y no sabes qué modalidad del IMSS es la opción que más te conviene, conoce cuáles son y en qué consiste cada una:
Pensión por renta vitalicia
Esta modalidad otorga una pensión de por vida y se contrata con una aseguradora afiliada al IMSS.
El monto de la pensión depende del saldo acumulado en tu Cuenta AFORE y se actualiza anualmente de acuerdo con la inflación; sin embargo, en esta modalidad debes comprar un Seguro de Sobrevivencia, el cual permitirá a tus beneficiarios recibir una pensión a la muerte del pensionado.
La pensión por renta vitalicia permite retirarte de manera anticipada sin necesidad de cumplir las edades establecidas, si la pensión que se calcula es superior en más del 30 por ciento de la pensión mínima garantizada.
Si existe algún excedente de recursos, los pensionados por esta modalidad podrán retirarlo en efectivo.
Pensión por retiro anticipado
La pensión por retiro anticipado se contrata con la AFORE en la que estás registrado. El monto depende del saldo acumulado en tu cuenta AFORE, así como de los rendimientos obtenidos y la esperanza de vida que te calculen.
A diferencia de la modalidad de Renta Vitalicia, en la que recibes una pensión de por vida, la de Retiro Programado es recibida hasta que se agoten los recursos de tu cuenta AFORE. Además, deberás comprar un Seguro de Sobrevivencia para que tus beneficiarios puedan recibir una pensión en caso de tu fallecimiento.
Pensión mínima garantizada
La Pensión Garantizada es otorgada por el Estado a las personas que cumplan con el requisito de la edad (60 o 65 años cumplidos) y, para 2023, un mínimo de 800 semanas cotizadas, pero cuyos recursos no sean suficientes para contratar una Renta Vitalicia o Retiro Programado.
Renta vitalicia y retiro anticipado: Ventajas y desventajas
Retiro programado | Renta vitalicia |
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La pensión dura hasta que el saldo de tu cuenta AFORE se agote. | Garantiza una pensión para toda la vida. |
En caso de fallecimiento del titular de la cuenta, los beneficiarios reciben una pensión. | En caso de fallecimiento del titular de la cuenta, los beneficiarios reciben una pensión. |
El pensionado no recibe aguinaldo. | El titular de la pensión recibe un aguinaldo anualmente. |
El pensionado no recibe el mismo monto, pues se recalcula cada año con los recursos que quedan en la cuenta. | El pensionado siempre recibe el mismo monto de pensión, pues se ajusta cada año de acuerdo a la inflación. |
En caso del fallecimiento del titular, los beneficiarios pueden retirar el dinero que no se utilizó para la pensión. | En caso del fallecimiento del titular, los beneficiarios no pueden retirar el dinero que no se utilizó para la pensión. |
El pensionado mantiene el servicio médico. | El pensionado mantiene el servicio médico. |
El beneficiario puede hacer un retiro de su AFORE en efectivo del SAR 92, vivienda 92 y aportaciones voluntarias. | El beneficiario puede hacer un retiro de su AFORE en efectivo del SAR 92, vivienda 92 y aportaciones voluntarias. |