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Ley 97 del IMSS: ¿A quién le corresponde y cuántas semanas cotizadas necesitas para pensionarte?

En el sexenio de Ernesto Zedillo entró en vigor la Ley de Pensiones del IMSS de 1997, que AMLO busca reformar antes de que termine su sexenio.

Esto es todo lo que tienes que saber de la ley de pensiones del IMSS de 1997.

Uno de los últimos proyectos de Andrés Manuel López Obrador antes de concluir su mandato es reformar la Ley de pensiones. El objetivo, según dijo el presidente, es enfocarse en garantizar un retiro digno para las personas que actualmente son adultas jóvenes.

López Obrador detalló que se revisará la reforma a la Ley del Seguro Social de 1997 y que transformó el régimen de pensiones, porque se redujeron los beneficios laborales para las y los trabajadores que comenzaron a cotizar en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) después de este año.

¿Qué es el régimen 97 del IMSS?

La Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro entró en vigor el 1 de julio de 1997 y aplica para quienes comenzaron a trabajar después de esta fecha.

Reemplazó el esquema de pensiones de la Ley del Seguro Social de 1973, que permitía a las personas jubilarse a los 65 años, con el 100 por ciento del salario promedio que se tuvo durante los últimos cinco años antes del retiro.


Por ello se creó la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) y las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores), que tienen el objetivo de administrar los recursos para el retiro de los trabajadores, a través de inversiones.

También se crearon las cuentas individuales, que se componen de aportaciones hechas por la persona trabajadora, el patrón y el Gobierno Federal. Bajo este nuevo sistema, el pago de pensiones del que antes se encargaba el Estado pasó a manos de las Afores.

¿Cuántas semanas cotizadas necesito para jubilarme por la Ley 97 del IMSS?

La reforma de 1997 no permite a las nuevas generaciones acceder a una pensión digna, de acuerdo con el presidente López Obrador. Esto se debe al requisito de acumular un mínimo de 825 semanas cotizadas en el IMSS para 2024. Cada año aumenta 25 semanas más hasta 2031.

El monto de la pensión dependerá de lo que se haya acumulado en tu cuenta de Afore, que se actualiza anualmente según la inflación; así se garantiza el pago de una jubilación de por vida.


Estos son los aspectos que las aseguradoras toman en cuenta para calcular las pensiones: monto ahorrado por el trabajador, las tasas de interés para la inversión de los fondos y las expectativas de vida del trabajador luego del retiro, que incluye problemas de salud. Varía entre hombres y mujeres.

Tabla de semanas cotizadas para pensionarte por la Ley 97 del IMSS

Año de retiroSemanas de cotización
2024825
2025850
2026875
2027900
2028925
2029950
2030975
20311,000

Modalidades de pensión para la Ley 97 del IMSS

Puedes elegir tres modalidades para jubilarte bajo la Ley 97 del IMSS:

Renta vitalicia

Esta es una pensión de por vida, contratada con una aseguradora que te será indicada por el IMSS. El monto de esta no sólo dependerá del saldo acumulado en tu Afore, se irá actualizando cada año, de acuerdo con la inflación.

Si deseas que tus beneficiarios reciban tu pensión cuando fallezcas, deberás comprar un Seguro de Sobrevivencia con los recursos de tu cuenta individual.

Retiro programado

Es una pensión que se contrata con la Afore en la que estás registrado, y a diferencia de una Renta Vitalicia que te paga una pensión de por vida, el retiro programado lo recibirás hasta que se agoten los recursos de tu Cuenta.

La compra del Seguro de Sobrevivencia, para que tus beneficiarios reciban la pensión en caso de fallecimiento, también aplica para esta modalidad.

Pensión garantizada

Esta modalidad de pensión es pagada por el Gobierno federal y aplica para todos aquellos que los recursos acumulados en su cuenta Afore no les alcancen para obtener una renta vitalicia o un retiro programado. Además de cumplir con el número de semanas cotizadas requeridas según el año de retiro.

Para acceder a la pensión mínima garantizada deben cumplir con la edad mínima de 60 a 64 años en caso de la Pensión por Cesantía o 65 años en caso de la Pensión por Vejez.

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