Si eres empleado por salarios, pero estás buscando la forma de incrementar tus ingresos, ofrecer servicios profesionales por tu cuenta o ser freelance, es una opción viable, pero deberás darte de alta en el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Con la inscripción al SAT te será posible expedir facturas o Comprobantes Fiscales Digitales (CFDIs) para poder cobrar por tus servicios.
El trámite no es difícil, pero si no estás habituado a los papeleos y otros menesteres fiscales, es necesario que estés consciente de que deberás acudir de uno a dos días para poder concluir con todo el proceso.
El primer paso será sacar una cita en algún módulo del SAT para darte de alta como persona física con actividad profesional o empresarial. Hazlo a través del sistema de citas por Internet o por teléfono.
Es recomendable que busques estas citas al inicio del mes, porque las citas de todo el mes se saturan rápidamente, explicó Rocío Jiménez, asistente en línea del SAT.
Si tienes urgencia por hacer el trámite puedes acudir al módulo más cercano antes de las 8:30 de la mañana (antes de que comiencen a brindar la atención). Sin embargo, considera que bajo esta opción puedes tardar más tiempo, a diferencia de si vas con cita.
2.Si no cuentas con una cita, acude antes de las 8:30 am a los módulos del SAT. Pero sólo para la ampliación de obligaciones, para la firma electrónica sí debes sacar cita.
3.Saca tu cita a inicio de mes, regularmente las citas para el mes se saturan rápidamente.
Debes llevar tu RFC, comprobante de domicilio (por servicios como agua, luz, teléfono) y una identificación personal (INE o pasaporte).
Una vez que acudas al módulo, tú mismo podrás hacer el trámite de la ampliación de tus obligaciones, asesorado por personal del SAT en una sala de computadoras con acceso a un sistema más amplio al que no puedes acceder fuera de las oficinas.
Ten mucho cuidado. Debes darte de alta como persona física, pero debes conservarte también en el régimen de asalariados.
Luego de darte de alta, aprovecha para sacar otra cita o saca dos (la primera para la ampliación de trámites y la segunda para la firma electrónica) desde el principio para que trámites tu firma electrónica, porque sin ésta no vas a poder emitir CFDIs, detalla información del SAT.
También toma en cuenta que el trámite para la firma electrónica es personal y no se puede hacer por Internet.
Posteriormente, considera que si no presentabas declaración anual por tu cuenta por ser asalariado, a partir de que amplíes tus regímenes debes de cumplir con ésta cada año, aún y cuando no rebases los 300 mil pesos de ingresos al año.
Considera que luego de estar en dos regímenes debes cumplir con declaraciones mensuales del Impuesto Sobre la Renta y del IVA.
Obligaciones fiscales. Si decides emprender dos actividades en dos regímenes fiscales distintos tendrás que hacer la declaración anual así como las mensuales por concepto de ISR e IVA. Evita multas y recargos.