La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) dio a conocer que inició una investigación de oficio por la posible realización de acuerdos para manipular precios, restringir la oferta o coordinar posturas en licitaciones (prácticas monopólicas absolutas) en el mercado de producción, distribución y comercialización de vidrio plano y productos fabricados a partir de éste en el territorio nacional.
El vidrio plano se utiliza principalmente para satisfacer las necesidades de la industria arquitectónica (como vidrios para interiores o exteriores de inmuebles), así como las necesidades de la industria automotriz (como parabrisas, ventanas laterales, medallones traseros, espejos retrovisores, entre otros).
Respecto al mercado de vidrio, Data México indica que de acuerdo con el Directorio Estadístico Nacional de Unidades (DENUE) en el país existen 981 unidades económicas dedicadas a la fabricación de vidrio y productos de este material, hasta mayo de 2022.
Las entidades federativas con mayor número de estas unidades económicas son Estado de México, con 134; Jalisco, con 127, y Puebla, con 122, mientras en Nuevo León (NL) hay 61.
Entre los cinco establecimientos que lideran la generación de ingresos en la actividad de fábricas de vidrio, concentrando cerca de 53 por ciento del total anual, se encuentran Vitro Automotriz, Saint Gobain México y Vidrio Plano de México, de acuerdo con un estudio de mercado de MarketDataMéxico.
La firma regiomontana Vitro señala en su sitio web que “en vidrio arquitectónico somos el fabricante más grande de Norteamérica, y nuestros cristales automotrices son los preferidos por los fabricantes de automóviles más importantes del mundo”.
La Cofece publicó en el Diario Oficial de la Federación y en su portal que, en caso de comprobarse la existencia de una práctica monopólica absoluta, los agentes económicos responsables podrían ser multados hasta por 10 por ciento de sus ingresos.
Asimismo, podrían ser sancionados económicamente quienes hayan coadyuvado, propiciado o inducido la realización de estas prácticas, y las personas físicas que hubieren participado en la celebración, ejecución u orden de este tipo de acuerdo entre competidores, podrían ser sancionados con hasta 10 años de prisión.