A efecto de tener una breve introducción de que son los Organismos de la Sociedad Civil, diremos que son aquellos que contribuyen a la atención de las diferentes problemáticas que se presentan en nuestra sociedad. A finales de los años ochenta para fortalecer su labor social de forma institucional llevan a cabo diferentes movilizaciones para que sean tomadas en cuenta, en ese momento la Secretaría de Hacienda y Crédito Público las reconoce bajo el régimen fiscal del Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR).
Constituidas como: Asociaciones Civiles o Asociaciones o Instituciones de Beneficencia Privada; pueden tributar bajo el régimen fiscal 603 Persona Moral con Fines No Lucrativos siempre y cuando posean la autorización para recibir donativos deducibles.
Estando en los supuestos y requisitos establecidos en la LISR, su Reglamento y lo señalado en la Regla 3.10.2 de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente podrán solicitar la autorización para recibir donativos deducibles del impuesto sobre la renta con las siguientes actividades: Asistenciales, Educativas, Investigación Científica, Culturales, Otorgamiento de Becas, Ecológicas, Protección y Reproducción de Especies en Peligro de Extinción, Desarrollo Social, Apoyo Económico de Donatarias Autorizadas, Obras y Servicios Públicos, Museos y Bibliotecas Privados.
Para los Organismos de la Sociedad Civil su principal reto es obtener, mantener y conservar la autorización por las diversas situaciones que se enfrentan en el cumplimiento en tiempo y forma de la norma jurídica vigente.
Las distintas disciplinas que los organismos sociales soportan son:
- Aspectos Fiscales. Aquellos que derivan del cumplimiento de las obligaciones por la carga tributaria y que su objetivo principal es evitar perder la autorización de donataria.
- Contabilidad Administrativa. Provee herramientas para que la Organización pueda tomar decisiones de manera más eficiente, orienta hacia un futuro la vialidad de sus proyectos.
- Contabilidad Financiera. Nos ayudará a establecer las normas generales para la elaboración y presentación de los Estados Financieros de las Entidades con propósitos No Lucrativos.
- Ley Antilavado. El propósito es conocer de manera puntual las obligaciones que se derivan en materia de Prevención de Lavado de Dinero, debido que los donativos son considerados como una actividad vulnerable.
- Ley de Beneficencia Privada. Es la norma jurídica aplicable en el Estado de Nuevo León para las Asociaciones de Beneficencia Privada.
El ICPNL ofrece cada año, de manera gratuita y abierta a la sociedad, un Ciclo de Conferencias sobre las disciplinas que soportan la Operación de un Organismo Social donde el objetivo principal es dar al participante herramientas que soporten su operación. El cual, recomiendo ampliamente, ya que incluso se escuchan las voces de las autoridades Federales y Estatales.
Para este año, el Ciclo de Conferencias incluye ocho temas de gran interés para las organizaciones sociales que cubren las disciplinas que estos organismos soportan, iniciando la primera el 9 de julio y cerrando el último evento el 28 de agosto. Todos los eventos serán en línea para facilitar la participación de los interesados en un horario de 10 am a 12 pm.
Para más información, accede a la página del Instituto de Contadores Públicos de Nuevo León, A.C www.icpnl.org.mx, en donde encontrarás además otros cursos que te orientarán a cumplir adecuadamente con tus obligaciones fiscales, o bien, consulta a un contador público que esté afiliado el ICPNL, dado que cuenta con una capacitación continua y te auxiliará a presentar tu informe de transparencia en tiempo y forma.
La autora es Titular de la Comisión de Organismos Sociales del ICPNL.
Contacto: npinales@rtpgcontabilitic.com.mx