Ya se acerca la época del año en la que los empleados recibirán un monto de dinero adicional comúnmente conocido como aguinaldo.
Este concepto está contemplado en la Ley Federal del Trabajo; es decir todas aquellas personas que tienen una relación laboral subordinada tienen el derecho a percibirlo. El monto mínimo que se puede percibir es el equivalente a 15 días de salario.
Sin embargo, antes de emocionarse permítame explicarle que el aguinaldo se gana conforme trabaja. Es decir, por cada día que asiste a su lugar de trabajo, usted gana el equivalente a 0.04 días de aguinaldo, suponiendo que su empresa otorgue 15 días como prestación mínima.
El aguinaldo es como ese amigo que siempre está a su lado mientras las cosas van bien, pero que desaparece cuando las cosas se complican. Mientras usted asista a laborar estará ganando una fracción del aguinaldo que le corresponde. Cabe aclarar que hay ciertas excepciones en las que las ausencias se consideran como días laborados:
- Incapacidad por riesgo de trabajo.
- Incapacidad por maternidad.
- Permiso con goce de sueldo.
- Privación de la libertad por haber defendido al patrón.
Por lo tanto, es importante tener claro los días que laboró y las causas de sus ausencias, para determinar el número de días de aguinaldo que le corresponden.
Otro dato relevante para el cálculo del aguinaldo es el salario que percibe, ya que este permite determinar su cuota diaria:
- Si su salario es fijo: Divida el salario mencual entre 30 días.
- Si su salario es variable (por ejemplo, recibe comisiones): Sume su sueldo total anual y divídalo entre 360 días.
- Si tiene un salario mixto (fijo y variable): Aplique ambos procedimientos anteriores, según corresponda.
Para consultar su salario revise su recibo de nómina, ahí se detallan todas sus percepciones. Si no cuenta con este documento, no se preocupe, puede consultar el visor de nóminas en la página del SAT. Allí encontrará un resumen con el detalle de sus percepciones y deducciones por mes, así como los CFDI de nómina utilizados por la autoridad para elaborar dicho resumen.
Al visualizar su recibo de nómina, preste atención para no confundirse con el campo denominado “SBC”. Aunque parezca que representa su salario diario, en realidad es un salario integrado que incluye otros conceptos además de la cuota diaria.