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Javier Milei se ‘topó’ con la ley: Corte suspende decreto con el que borraba derechos laborales

La decisión anula un artículo del decreto publicado por Milei que proponía, entre otras cosas, incluir como causal de despido la participación en protestas.

La Confederación General del Trabajo (CGT) convocó para una huelga nacional para el próximo miércoles 24 de enero. (Anita Pouchard Serra/Bloomberg)

El polémico plan de reformas económicas impulsado por el presidente argentino Javier Milei sufrió su primer revés.

Una corte de apelaciones suspendió este 3 de enero las nuevas disposiciones en materia laboral incluidas en un amplio decreto firmado por el ultraderechista Milei a finales de 2023 y que, según el mandatario, fija “las bases para la reconstrucción de la economía argentina”.

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo suspendió un artículo del decreto presidencial tras una acción judicial impulsada por la Confederación General del Trabajo (CGT), la principal central sindical del país, que había solicitado que se declare su inconstitucionalidad y que convocó a una huelga nacional para el 24 de enero en rechazo a la política laboral del gobierno.

¿Qué parte del decreto de Javier Milei quedó anulada?

El fallo del tribunal solo se aplica al artículo del decreto que se refiere a nuevas disposiciones en materia laboral, entre ellas la ampliación del período de prueba de tres a ocho meses,; la eliminación de la doble indemnización por despido para los casos en los que el trabajador no está registrado; la inclusión como causal de despido de la participación en bloqueos o toma de establecimientos en caso de protestas, y la limitación del derecho a huelga en actividades consideradas esenciales como la educación, el transporte y las telecomunicaciones, entre otros.


Uno de los tres jueces que integran el tribunal advirtió que la reforma laboral impulsada en el decreto no estaría enmarcada dentro de las facultades que otorga la Constitución al Poder Ejecutivo de emitir disposiciones de carácter legislativo en casos de necesidad y urgencia en los que sea imposible seguir el procedimiento normal de formación y sanción de las leyes.

“No se evidenciaría objetivamente la ‘necesidad’ de adoptar tan numerosas medidas”, argumentó el juez Alejandro Sudera.

El Gobierno de Milei no se pronunció sobre el fallo, pero el presidente se refirió indirectamente a la cuestión al publicar un posteo de uno de sus seguidores en la red social X.

En tanto, la CGT celebró la medida cautelar que le dio la razón.


“Esta decisión judicial pone un freno a la reforma laboral regresiva y contraria a los trabajadores y no tendrá vigencia hasta tanto la justicia resuelva el planteo de inconstitucionalidad”, expresó la central sindical en un comunicado.

Desde la publicación del decreto se presentaron al menos media docena de demandas ante la justicia para impedir su aplicación, entre ellas de gobernadores de la oposición y de organismos defensores de derechos humanos. Las definiciones de fondo sobre la legalidad o no del decreto deberán esperar hasta febrero, cuando se reanude la actividad judicial tras el receso de verano.

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