La Secretaría de Educación Pública (SEP) anunció este viernes los lineamientos para los centros educativos que voluntariamente decidan iniciar clases presenciales y finalizar el ciclo escolar 2020-2021.
Estas medidas serán para los centros de educación básica y Normal, y de las de medio superior y superior que dependan de la SEP, así como escuelas particulares, señaló la SEP en un comunicado.
-Se realizará una valoración diagnóstica, se establecerá un periodo extraordinario de recuperación, y se generará un Plan de Atención en aquellos casos que resulte necesario.
-Padres y madres de familia o tutores, y educandos tratándose de mayores de edad, deberán anotar su nombre y firmar una carta responsiva y entregarla a las autoridades de la escuela del nivel que corresponda, en donde se indique que no presentan ningún síntoma relacionado con el virus SARS-CoV2.
-Se deben acatar las nueve intervenciones sanitarias que ya se han presentado:
1. Comités Participativos de Salud Escolar.
2. Acceso a agua y jabón.
3. Cuidado de maestras y maestros en grupos de riesgo.
4. Cubrebocas o pañuelo obligatorio.
5. Sana distancia.
6. Maximizar espacios abiertos.
7. Suspensión de cualquier tipo de ceremonias o reuniones.
8. Detección temprana.
9. Apoyo socioemocional
-En el caso de que los padres de familia decidan enviar a sus hijos a clases presenciales, las Consideraciones establecen que podrán tomarse de forma escalonada mediante el siguiente criterio:
Lunes y miércoles | La mitad del grupo de conformidad con el número de educandos inscritos en la escuela |
Martes y jueves | La otra mitad del grupo de conformidad con el número de educandos inscritos en la escuela |
Viernes | Cursos extraordinarios de recuperación conforme los planes de Atención al rezago educativo |
¿Y para los alumnos que no regresen a clases presenciales?
Las y los alumnos que, por decisión de sus padres, madres de familia o tutores decidan renunciar al servicio presencial, serán incorporados a un programa de renivelación, a fin de valorar los conocimientos adquiridos, y posteriormente ser reintegrados al nivel o grado respectivo.
Para este proceso, deberán estar inscritos a una escuela, y manifestar por escrito que es su plena voluntad dejar de asistir a clases presenciales.
Para las instituciones de Educación Media Superior, que dependan de la SEP, a excepción del IPN, y aquellas con Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios otorgado por la dependencia, las autoridades escolares deberán revisar el grado de abandono escolar y reportarlo a la subsecretaría de Educación Media Superior.
Las instituciones que impartan educación media superior podrán aplicar diversas disposiciones que favorezcan la formación integral de los alumnos, como la renuncia a calificaciones de UAC o periodo escolar completo, acreditación de aprendizajes adquiridos de forma autodidacta o por experiencia laboral, entre otros, los cuales se podrán aplicar en los primeros seis meses del siguiente ciclo escolar, sin afectar el acceso, permanencia o egreso exitoso de los estudiantes.
La SEP indicó que en ningún caso se podrá utilizar los criterios de asistencia para la evaluación.
La secretaría indicó que se autoriza a un periodo de seis meses de exención para entregar el certificado de terminación de estudios del tipo básico, a los alumnos que estén transitando de 3° de secundaria a la educación media superior. En este periodo a su vez, podrán regularizar su condición académica si deben máximo 7 materias.
La Subsecretaría de Educación Superior dará a conocer los lineamientos sanitarios que emita la autoridad sanitaria para los planteles donde se imparta educación normal, los cuales serán definidos por los Comités Participativos de Salud Escolar.