La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó, por infundado, un recurso de reclamación que promovió Javier Duarte, exgobernador de Veracruz, contra un acuerdo del propio Tribunal Constitucional de aceptar un amparo para analizar la sentencia al político.
Duarte alegó en su recurso de reclamación que no era procedente aceptar a trámite el recurso promovido por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), mediante el cual impugnó un amparo otorgado a Duarte el 20 de diciembre de 2019.
En votación dividida, tres a dos, los ministros de la Primera Sala decidieron que es infundada la reclamación de Duarte, por lo que la SCJN continuará con el trámite para resolver el amparo presentado por la UIF.
Este caso surgió luego del acuerdo alcanzado entre la FGR y Duarte, en el que este último se declaró culpable de lavado de dinero y asociación delictuosa, ilícitos por los que el 26 de septiembre de 2018 fue sentenciado a nueve años de prisión.
No obstante, el 3 de octubre de 2018 el propio Duarte interpuso recurso de apelación con el que buscaba que se echara abajo la sentencia dictada por un Juez del Centro de Justicia Penal Federal del Reclusorio Norte de la Ciudad de México.
Dicho recurso no fue aceptado por el Juez de Control, quien le hizo ver a Duarte que en la audiencia en la que se le sentenció, él mismo había renunciado a la posibilidad de presentar un recurso de apelación contra el acuerdo que alcanzó con la FGR y la propia sentencia.
Al promover su amparo, Duarte alegó que nunca tuvo la intención de renunciar a la posibilidad de apelar el acuerdo y la sentencia, además de que señaló que nunca firmó un documento renunciando a ese derecho.
Duarte obtuvo el amparo, cuyo efecto fue que su recurso fuera entregado a un Tribunal colegiado y que fuera dicho órgano, y no el Juez de Control, quien resolviera la procedencia o no de la apelación al acuerdo con la FGR y la sentencia que se le impuso.
En febrero de 2020, la impugnación de Duarte fue turnada a la magistrada Isabel Porras Odriozola, titular del Tercer Tribunal Unitario Penal en la Ciudad de México, quien ratificó en mayo del mismo año la sentencia de nueve años de cárcel a Duarte.
Asimismo, revocó el aseguramiento de 40 propiedades, sin que ello implique su devolución a Duarte, ya que aún están sujetas a otros litigios.
Contra el amparo concedido a Duarte, la UIF promovió un amparo directo ante la Suprema Corte cuyo objetivo es que se analice la constitucionalidad de la actuación de los jueces del Nuevo Sistema de Justicia Penal.
En específico, pidió resolver sobre el proceder de los juzgadores una vez que emiten sentencias definitivas y la necesidad de que el condenado ratifique por escrito cuando decida no impugnar la pena que se le imponga.