La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Congreso federal emitir antes del 30 de septiembre próximo la ley reglamentaria de revocación de mandato.
Y es que estimaron que el incumplimiento al respecto genera una violación constitucional al afectar los derechos electorales de la ciudadanía a participar en el proceso de revocación de mandato previsto como derecho fundamental.
La determinación se tomó por mayoría de votos (6-1) al resolver dos juicios electorales, uno promovido por el partido Morena y otro impulsado por José Mario de la Garza Marroquín y el Consejo Nacional de Litigio Estratégico AC.
En un principio, los magistrados determinaron que los ciudadanos y organizaciones civiles sí tienen el interés jurídico para demandar la omisión del Congreso federal de emitir leyes reglamentarias.
Por ello, negaron la posibilidad de desechar el juicio promovido por Garza Marroquín y el Consejo Nacional de Litigio Estratégico, y en consecuencia estimaron que se debía anexar al juicio promovido por Morena.
El pleno de la Sala Superior coincidió, con excepción de la magistrada Mónica Aralí Soto, única que votó en contra, que al haber transcurrido el plazo para la emisión de la citada ley reglamentaria se genera un falta de seguridad jurídica.
“Por un tema de seguridad jurídica ya debería estar la ley, como no está, sí genera una afectación a los ciudadanos y por tanto tiene derecho a presentar la demanda”, dijo el magistrado Indalfer Infante González.
“Desde el momento en que se le reconoce el interés jurídico al partido político me parece que simplemente es un mismo acto y por lo tanto de ese momento puede tener interés jurídico también la asociación o el ciudadano”, dijo el magistrado José Luis Vargas.
Una vez acumulados los dos casos, el pleno de la Sala Superior estimó que sí se actualiza la violación constitucional por la omisión del Congreso , por lo que aprobaron ordenar al Congreso federal para la emisión de la citada ley reglamentaria.
Cabe recordar que el 20 de diciembre de 2019 se aprobó en el Congreso la reforma a la fracción IX del artículo 35 de la Constitución, relacionada con la revocación de mandato.
En el segundo artículo transitorio de dicha reforma estableció un periodo de 180 días, a partir de su aprobación, para emitir la ley reglamentaria correspondiente, lo cual a la fecha no ha ocurrido.
Por ello, el TEPJF dio un plazo no mayor a 30 días, a partir del 1 de septiembre próximo para que se emita la citada Ley reglamentaria.