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¿Eres freelance o trabajas por tu cuenta? Así puedes afiliarte ante el IMSS

Se busca que los trabajadores independientes cuenten con atención en clínicas, medicamentos y servicios de urgencias.

A través del programa de Personas Trabajadoras Independientes, el IMSS busca afiliar a informales y freelance.

A través del programa de Personas Trabajadoras Independientes, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) busca afiliar a informales y freelance.

El objetivo es que los trabajadores registrados de forma voluntaria cuenten con atención en clínicas, medicamentos y servicios de urgencias, incluso que ingresen a sus familiares.

Actualmente, el programa del IMSS tiene un total de 17 mil trabajadores independientes afiliados.

¿Cuánto debo pagar mensualmente ante el IMSS?

El instituto destacó que aquellas personas que deseen afiliarse de forma independiente pueden iniciar con cuotas desde 40 pesos diarios, es decir, mil 200 pesos mensuales.

Aunque el pago también dependerá del ingreso que el trabajador perciba mensualmente.

Para estimar la cuota obrero-patronal, consulta la calculadora de personas trabajadoras independientes del IMSS en el siguiente enlace: Calculadora PTI

¿Cómo me inscribo?

Para el registro necesitas tener a la mano:

  1. Número de Seguro Social.
  2. CURP.
  3. Correo electrónico vigente.
  4. Estimado de ingreso mensual.
  5. Ocupación.

Para concluir el trámite en línea, tienes que colocar los datos y aceptar los términos y condiciones. También tendrás que descargar el comprobante de inscripción y la línea de captura para el pago.

¿Qué beneficios adquieres?

  • Enfermedades y Maternidad: Asistencia médico-quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria. Incapacidades por enfermedad general, pero con tiempos de espera marcados en el RACERF.
  • Riesgo de trabajo: Asistencia médica, quirúrgica y farmacéutica, servicio de hospitalización, aparatos de prótesis y ortopedia, y rehabilitación atención médica por accidente o enfermedad de trabajo y pago de incapacidades.
  • Invalidez y vida: Los riesgos protegidos en este seguro son la invalidez (cuando el asegurado se halle imposibilitado para procurarse, mediante un trabajo igual, una remuneración superior al cincuenta por ciento de su remuneración habitual percibida durante el último año de trabajo y que esa imposibilidad derive de una enfermedad o accidente no profesionales) y la muerte del trabajador o del pensionado por invalidez.
  • Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez: Se ahorra para la pensión por estos tres conceptos en la cuenta individual del trabajador, que se abre en la AFORE que elija el trabajador.
  • Guarderías y prestaciones sociales: Servicio de guardería de los 43 días de nacido hasta los 4 años. Prestaciones sociales como centros vacacionales o velatorios.

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