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‘Sentencia’ a Sheinbaum: violó la ley al promover consulta de revocación, dicta el Tribunal

Los magistrados consideraron mensajes de Twitter de la jefa de Gobierno constituyeron propaganda gubernamental a favor del ejercicio.

Sheinbaum, durante la jornada de la consulta de revocación de mandato (Rogelio Morales/Cuartoscuro)

Claudia Sheinbaum, jefa de Gobierno de la Ciudad de México, violó la Ley de Revocación de Mandato, sentenció este jueves el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Y es que el órgano consideró que, con diversos mensajes en Twitter, hizo propaganda gubernamental durante la veda por la consulta de revocación; violó las medidas cautelares que se le impusieron para no reiterar la falta; y sí promocionó la consulta pese a la prohibición expresa en la ley.

Por ello, ordenó dar vista al Congreso de la Ciudad de México para que decida conforme a lo que marca la ley.

La decisión se tomó por unanimidad de votos al analizar el incidente de incumplimiento de medidas cautelares promovida por el PRD a raíz de una serie de publicaciones que hizo en la mandataria capitalina en su cuenta de Twitter.

Entre dichas publicaciones está la del 23 de febrero, en donde la jefa de Gobierno escribió: “Buenas noches, les invito a participar en eso que me prohibieron hablar”.

El proyecto original de sentencia, elaborado por el magistrado Luis Espíndola, propuso reconocer la infracción de promoción gubernamental en periodo prohibido, violación a la medida cautelar, pero no así la promoción indebida del proceso de revocación.

Sin embargo, la propuesta fue rechazada por la magistrada Gabriela Villafuerte y el magistrado presidente Rubén Lara, quienes consideraron que la jefa de Gobierno incurrió en las tres faltas, incluida la promoción indebida de la consulta.

El ponente dijo que la promoción gubernamental se acreditó con motivo de los mensajes publicados el 23 de febrero, que hace referencia a obras hidráulicas en la capital; 16 de marzo sobre la continuación de la obra del tren interurbano; y una más sobre programas sociales en beneficio de los capitalinos.

Con relación a ello, la magistrada Villafuerte y el magistrado Lara se pronunciaron en el mismo sentido.

Sheinbaum incumplió medidas cautelares

También avalaron el que con las publicaciones se actualizó el incumplimiento de las medidas cautelares impuestas a Sheinbaum, el 23 y 24 de febrero, en la que se le ordenó, en tutela preventiva, se abstuviera de realizar manifestaciones, comentarios, opiniones o señalamientos relacionados con logros o actividades de su gobierno.

Donde estuvo la diferencia fue en el tema de la vulneración a la ley que prohíbe la promoción de la revocación de mandato.

En este caso, el magistrado Espíndola opinó que, en su publicación de 23 de febrero, donde Sheinbaum dijo “Buenas noches les invito a participar en eso que me prohibieron hablar”, no se puede considerar una promoción de la consulta pues no se hace una referencia específica al ejercicio ciudadano.

“Desde la perspectiva de esta Sala, no puede deducirse necesariamente que la jefa de Gobierno este invitando a participar en la consulta de revocación y menos que lo haga para orientar a la ciudadanía sobre el sentido se su voto”, apuntó.

En contraste y aduciendo sentencias de la Sala Superior, la magistrada Villafuerte y el magistrado Lara se pronunciaron en sentido contrario.

“No cabe la menor duda de que se trata de esta lógica y dinámica de la revocación de mandato y afecta las propias reglas que se impusieron al servicio público como un silencio de promoción de la revocación”, dijo Villafuerte.

Explicó que las sentencias de la Sala Superior refieren que para configurar la infracción no es necesario una referencia expresa, sino que también se puede configurar si hubiera “equivalentes funcionales” o “simbología equivalente”.

Destacó que, si bien “no hay una explícita propaganda de revocación” la referencia de la jefa de Gobierno al decir “les invito a participar en eso que me prohibieron hablar” sí se inscribe en el marco de la revocación de mandato.

Al final, el magistrado Espíndola aceptó modificar el proyecto, el cual se votó por unanimidad, pero el ponente hizo un voto concurrente para mantener su postura en torno a que no hubo una promoción de la consulta por parte de Sheinbaum.

Cabe precisar que la decisión aún es apelable y, en su caso, sería la Sala Superior del Tribunal Electoral quien tome la última decisión.

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