En el último año, los procedimientos de ‘ida al aire’ se han insertado en la discusión pública debido al aumento de estas acciones en el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM), que ante la saturación de su infraestructura, se han registrado de forma más frecuente.
Una ‘ida al aire’ es un procedimiento establecido en los elementos para el análisis de la seguridad en el transporte aéreo en el mundo y, de igual forma, en México. De acuerdo con la publicación técnica no. 152 del Instituto Mexicano del Transporte, este procedimiento “quiere decir que se abandona la aproximación de un aterrizaje, también se conoce como abortar el aterrizaje”.
Esto ocurre cuando una aeronave, que ha sido autorizada para aterrizar y ha comenzado su descenso, no puede tocar tierra ya sea por condiciones meteorológicas o, como ha pasado en el AICM, porque otra aeronave está ocupando la pista a la cual el aeronave que pretende tocar tierra no puede ocupar.
Esto ocurre en el AICM porque las pistas existentes no pueden funcionar de forma simultánea, por lo que solo se puede hacer un aterrizaje o despegue a la vez.
Cuando hay obstrucciones en la pista, como en el vuelo de United que el miércoles se tardó en abandonar la pista, los pilotos, en coordinación con la torre de control, inician un procedimiento de ‘ida al aire’, que corresponde a la circunstancia 12.2.5.18 “aproximación frustrada”, según la fraseología aeronáutica internacional.
El espacio aéreo
El Convenio sobre Aviación Civil Internacional (Chicago, 1944) en sus dos primeros artículos reconoce que todo Estado tiene soberanía sobre su espacio aéreo situado sobre su territorio, es decir, “el espacio aéreo sobre sus zonas terrestres y las aguas territoriales adyacentes”.
Hay algunas definiciones que indican que el espacio entre el nivel medio del mar y 110 kilómetros de altura corresponden al espacio aéreo de un país siempre que esté sobre su territorio, incluidas sus aguas territoriales.
Cuando el espacio aéreo no está dentro de dichos límites, éste pasa a ser considerado espacio aéreo internacional.
En México, Servicios a la Navegación en el Espacio Aéreo Mexicano (Seneam) es la institución encargada de regular el uso de dicho bien nacional.