El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) realizó un mal diagnóstico a una mujer atendida en Querétaro, a quien le fueron amputadas sus dos piernas y se le realizó una histerectomía, señaló la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).
¿Cómo fue el diagnóstico del IMSS?
La CNDH explicó que la mujer acudió en septiembre de 2018 a la Unidad de Medicina Familiar 9 (UMF-9) en tres ocasiones por un dolor en el abdomen, que médicos diagnosticaron como infección en vías urinarias y colitis, y se le dio tratamiento sin solicitar estudios de laboratorio. Esto ocurrió el 11 de septiembre de 2018.
El día 21 de septiembre a la mujer también se le retiró un Dispositivo Intra Uterino (DIU) traslocado (que se encontraba en una posición inadecuada), sin que se le realizara un ultrasonido o estudios de rayos X previamente.
Tras el retiro del DIU, la mujer debió tener un tratamiento con antibióticos para la prevención de una infección, pero esto no se hizo, indica la CNDH.
Tres días después, la mujer presentó dolor lumbar. En el UMF-9 se diagnosticó que fue por el retiro del DIU y, nuevamente sin estudios de por medio, se determinó que tenía lumbalgia aguda, narra la CNDH.
La mujer se presentó después en el área de urgencias de la unidad médica el 2 de octubre de 2018, debido a que seguía mal, y fue trasladada al Hospital General Regional 1 (HGR-1), donde fue ingresada por pérdida de sangre, gastroenteritis infecciosa y deshidratación severa.
La CNDH señaló que tanto que la UMF-9 y el HGR-1 “transgredieron los derechos a la protección de la salud, a la integridad personal, a la salud sexual y reproductiva, y dañaron el proyecto de vida de una mujer por diagnóstico, tratamiento y seguimiento médico inadecuados de un DIU traslocado que generó una infección generalizada y que la llevó a un paro cardiaco con 30 minutos de reanimación asistida, choque séptico, extirpación del útero, un ovario, y la amputación de ambas piernas”.
La comisión determinó que la acción de amputación de las piernas fue para salvar la vida de la mujer por el progreso de la infección; no obstante, esto se pudo haber evitado, pues fue resultado de una inadecuada atención médica, un diagnóstico incompleto y un mal seguimiento de la paciente.
Compensación a la víctima
La CNDH ha solicitado que la víctima sea compensada debido a que el tratamiento ha afectado su proyecto de vida.
“El IMSS deberá otorgar a la víctima, de forma vitalicia, la atención médica que requiera como consecuencia de la discapacidad permanente y las secuelas que esta le genere, y deberá proporcionar todos los dispositivos de prótesis requeridos que le permitan su desplazamiento adecuado”, indica el documento.
Además, el IMSS deberá dar trámite y seguimiento a la denuncia que se hará contra las personas servidoras públicadas responsables del caso, para que sean sancionadas.