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México declara emergencia por sequía... ¿qué significa?

En el DOF fue publicado un acuerdo para regular las acciones de los titulares de concesiones para la explotación de aguas nacionales.

La Presa de la Boca ubicada en Santiago, Nuevo León se encuentra con un 20% de su capacidad. (cuartoscuro)

México declaró el inicio de emergencia por ocurrencia de sequía tras determinar que en diversas cuencas del país la condición de este fenómeno natural se encuentra en modalidades severa, extrema y excepcional.

La Comisión Nacional del Agua (Conagua) alertó en un informe que tres cuartas partes del país están sufriendo la falta de lluvia, poco más de la mitad experimenta sequía severa a extrema y sólo una octava parte (situada en la península de Yucatán) no presenta ninguna afectación.

De acuerdo con el último reporte del organismo, entre los estados que presentan sequía extrema están Sonora, Chihuahua, Coahuila y Baja California y sequía severa Nuevo León, Tamaulipas, San Luis Potosí y Sinaloa.

Por este motivo fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un acuerdo de carácter general, que entrará en vigor este 13 de julio, para regular las acciones de los titulares de concesiones para la explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales, quienes además de implementar las medidas preventivas y de mitigación de la sequía, previstas en el Programa del Consejo de Cuenca que les correspondan, deberán:


  • Dar aviso a la Comisión Nacional del Agua (Conagua) para proporcionar a terceros en forma provisional el uso total o parcial de las aguas concesionadas.
  • Ceder o transmitir temporalmente a la Conagua sus derechos y solicitar la interrupción de la caducidad de los volúmenes concesionados que no utilicen, en tanto subsiste la emergencia

La Conagua verificará que los volúmenes que se transfieran o cedan temporalmente, se entreguen directamente a la red de distribución en coordinación con el organismo operador, en tanto subsista la emergencia. En el caso de otros usos, se analizará también la conveniencia de una conexión directa a la red.

“Entre las medidas transitorias concertadas, se prevé la limitación temporal a los derechos de agua existentes, a través de la reducción provisional de volúmenes a los usuarios de las cuencas que se encuentren en condición de sequía severa, extrema o excepcional, a fin de abastecer agua para uso doméstico y público urbano a las poblaciones que se encuentren sin este recurso natural por efecto de dicho fenómeno”, indica el documento.

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