La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó el desechamiento de una queja presentada por Morena contra el líder nacional del PRI, Alejandro Moreno, por audios que difundió la gobernadora de Campeche, Layda Sansores.
Los morenistas pretendían que el Instituto Nacional Electoral (INE) sancionara a Moreno Cárdenas por el contenido de un audio en el que, según la denuncia, se acreditó la intención de obtener beneficios personales de los próximos procesos electorales.
La Unidad Técnica del INE desechó la queja de Morena, al considerar que el audio presentado como prueba única fue obtenido de manera ilícita.
Por ello, el partido guinda pidió revisar la decisión del instituto. Dicho recurso fue analizado ayer por las y los magistrados de la Sala Superior del TEPJF que, por unanimidad, confirmaron la determinación del INE, al considerar que los agravios expuestos por Morena resultan infundados e inoperantes.
Magistradas y magistrados dijeron que, contrario a lo dicho por el partido, el órgano electoral no hizo un ejercicio interpretativo de la ley y sólo se limitó a aplicarla para verificar si el escrito de denuncia reunía o no los requisitos mínimos para admitirla a trámite.
Además, agregaron, la Unidad Técnica del INE sí cuenta con facultades para hacer el análisis preliminar de las quejas que le son presentadas para determinar si reúnen o no con los requisitos legales.
También desestimaron la queja de Morena en el sentido de que el audio, única prueba presentada ante el INE, generaba indicios suficientes para que la responsable desplegara sus facultades de investigación.
Señalaron que tales alegaciones de modo alguno subsanan o controvierten la determinación asumida por la Unidad Técnica del INE acerca de la ilicitud del audio.
Finalmente, calificaron como inoperantes los argumentos de Morena en los que adujo que los hechos denunciados podrían configurar otros ilícitos electorales.
En otros temas, la Sala Superior confirmó que sí se vulneraron los principios de equidad en la elección a la gubernatura de Hidalgo, a favor del candidato de Morena, por audios de apoyo difundidos en redes sociales por una síndica y diversas regidoras municipales de ese estado.
En otra sentencia, determinaron que la expresión “resulta que son muñequitas de sololoy y ahora les duele mucho que las llamen como son, traidoras a la patria”, difundida en redes sociales contra diputadas del PAN, a la luz de la no aprobación de la reforma eléctrica, no implicó violencia política de género.