Nacional

Crédito Infonavit: ¿Qué pasa si el titular de la casa fallece?

¿Sabías que todos los créditos Infonavit cuentan con un seguro por fallecimiento? Esto es lo que debes saber al respecto para que no heredes una deuda hipotecaria.

¿Qué pasa con el crédito Infonavit y la casa de una persona fallecida? ¿Heredó la deuda a sus seres queridos? El infonavit informó que el panorama financiero de los deudos no se afectaría. (Foto; Especial) (Shutterstock)

Actualmente es habitual que al solicitar un crédito hipotecario se haga a través de un crédito conyugal o bien a través de unamos créditos, que como su nombre lo indica consiste en unir créditos con otra persona que cotice en el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), pero ¿qué pasa cuándo uno de los beneficiarios muere?

Uno de los sucesos más difíciles de afrontar es la muerte de un ser querido, ya sea tu pareja, padre madre, familiares o amigos. Además del duelo, las cosas podrían complicarse si su ser querido tenía un crédito de vivienda con el Instituto del Infonavit.

Surge una gran incógnita sobre ¿qué pasa con el crédito Infonavit y la casa de una persona fallecida? ¿Heredó la deuda a sus seres queridos? El infonavit informó que el panorama financiero de los deudos no se afectaría, dado el caso.

Sucede que todos los créditos que actualmente ofrece el Infonavit cuentan con un seguro por fallecimiento, por lo que, en caso de deceso del titular del crédito, sus beneficiarios no tendrán que seguir con el pagándolo y podrán solicitar la liberación de adeudo.


¿Qué hacer para solicitar la liberación de un crédito Infonavit si el titular muere?

Para hacer efectivo el seguro por fallecimiento y solicitar la liberación de adeudo del crédito Infonavit debes de:

  • Llamar a Infonatel (800 008 3900) y solicitar un número de caso y agendar cita. O ir directamente a tu centro de servicio Infonavit (Cesi) más cercano a dar aviso de la muerte del titular del crédito.
  • Presentarte en tu centro de servicio Infonavit más cercano el día y hora agendados con los siguientes documentos en original y copia.
  • Número de Seguridad Social (NSS) del acreditado
  • identificación oficial
  • acta de defunción del acreditado
  • identificación oficial y acta de nacimiento del solicitante.
  • Si el acreditado falleció en el extranjero, el acta de defunción debe estar apostillada.

También en línea puedes hacer el proceso y adjuntar escaneados los documentos antes mencionados y tener a la mano el número de caso y el número de seguridad social del acreditado.

También lee: