Después de que el Gobierno de México decretara este lunes 10 de octubre el uso opcional del cubrebocas en espacios cerrados y abiertos, aún continúa la duda sobre en qué sitios debe portarse la mascarilla.
La Secretaría de Salud publicó este lunes una actualización de las medidas para prevenir la propagación del COVID-19, en un documento señala que el uso del cubrebocas no es obligatorio en espacios cerrados, aunque debe existir una separación de 1.5 metros entre persona y persona.
En el lugar donde no se cumpla esta condición, se sugiere que el uso del cubrebocas siga. Además, sugiere eliminar el uso de tapetes sanitizantes y el filtro sanitario.
Sobre las medidas en el trabajo, las autoridades sanitarias recordaron que ningún empleador puede exigir a sus colaboradores una prueba de COVID para que ingresen a sus oficinas o sitios donde laboran.
“Las empresas deben contar con una política de protección a las personas trabajadoras para evitar que se condicione el retorno al trabajo por medio de pruebas financiadas por el trabajador”, señaló.
¿En qué espacios el uso del cubrebocas es opcional?
- Se recomienda que el cubrebocas se use en el transporte público (Metro o Metrobús, por ejemplo).
- También recomienda ponerse mascarillas en lugares de trabajo que estén mal ventilados o que sean compartidos con otras y otros compañeros.
- Puede ser opcional en gimnasios, sobre todo si se realiza “trabajo físico intenso”.
- Debe mantenerse el uso en espacios de trabajo donde exista una muy alta exposición al COVID-19, como hospitales o centros de salud.
- Se elimina la obligación de portar cubrebocas en las instalaciones aeroportuarias, así como en los vuelos en México.
¿Quiénes sí deben seguir usando cubrebocas?
El documento establece que aquellas personas que aún no se vacunan contra el virus SARS-CoV-2 o que tienen algún padecimiento inmunodepresor deben seguir utilizando esta protección.