Con 347 votos a favor, 114 en contra y 25 abstenciones, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó reformas a las leyes electorales para que los montos máximos de las multas aplicadas a los partidos por violar la ley disminuyan de 50 a 25 por ciento de sus prerrogativas recibidas del INE para sus actividades ordinarias.
Avalado por legisladores de Morena, PRI, PVEM y PT, y con votos en contra y abstenciones de PAN, MC y PRD, el dictamen se turnó al Senado para su discusión y votación.
El dictamen –que modifica los artículos 456 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y el 23 de la Ley General de Partidos Políticos, que propuso el diputado de Morena, Sergio Gutiérrez Luna, quien fue presidente de la Cámara de Diputados y representante de Morena ante el INE– precisa que “el límite que la autoridad electoral podrá deducir por concepto de sanciones, que dependerá de la gravedad de la falta, será de 25 por ciento de la ministración del financiamiento público que les corresponda”.
Expone que las sanciones por infracciones tienen una función de “reparación del daño, como incentivo para detener la repetición de prácticas que dañan la competencia equitativa y mantener una conducta de cumplimiento institucional; pero deben existir límites claros a los montos que pueden ser deducidos al financiamiento público, a fin de no afectar las actividades de los partidos y, como resultado, generar repercusiones negativas en la competencia electoral”.
Se añade, en un artículo transitorio, la aclaración de que estos cambios a la ley serán retroactivos, por lo que las sanciones impuestas con anterioridad y en curso de cumplirse deberán sujetarse a la nueva ley.
Para eso, las autoridades electorales tendrán un plazo de 30 días para adecuar la normatividad correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en el nuevo decreto aprobado por los diputados, sin que sea condición para la aplicación y cumplimiento inmediato de las disposiciones establecidas.
Aunque los propios legisladores admitieron que las sanciones aplicadas a los partidos son generalmente por la falta de informes de sus gastos, argumentaron que “las sanciones no deben ser desproporcionadas” y que se debe procurar que una multa desactive, desincentive o remedie conductas de incumplimiento de la ley.
Se aclara que las infracciones relacionadas con el incumplimiento de las obligaciones para prevenir, atender y erradicar la violencia política contra las mujeres en razón de género, según la gravedad de la falta, no se reducirán hasta 25 por ciento, sino que se mantienen en 50 por ciento.