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Ley Mier: ¿Qué es y qué tiene que ver con el dinero abandonado que servirá a la 4T?

La Ley Mier propone que los recursos de las cuentas bancarias inactivas pasen a financiar a policías municipales, estatales y Guardia Nacional.

La Cámara de Diputados aprobó que los recursos de cuentas bancarias abandonada pasen a ser propiedad del Gobierno, para usarlos en el reforzamiento de las policías locales, estatales y de la Guardia Nacional. (Shutterstock)

La Cámara de Diputados aprobó una reforma al artículo 61 de la Ley de Instituciones de Crédito, a fin de que los recursos abandonados en instituciones bancarias se destinen a seguridad pública, la cual ha sido bautizada como Ley Mier, ya que la iniciativa fue presentada por el diputado Moisés Ignacio Mier Velazco de la bancada de Morena.

Esta reforma propone que los recursos, así como los intereses y rendimientos acumulados, generados por todos los depósitos e inversiones en cuentas abandonadas prescribirán en favor de la seguridad pública y se deberán destinar para las políticas y acciones de combate a la delincuencia en los porcentajes que para tal efecto se establezcan.

También, menciona que los depósitos e inversiones y sus intereses, sin movimiento en el transcurso de tres años contados a partir de que estos últimos se depositen en la cuenta global, cuyo importe no exceda por cuenta, al equivalente a 540 Unidades de Medida y Actualización en la Ciudad de México, prescribirán en favor del patrimonio de la beneficencia pública; la ley vigente establece 300 días de salario mínimo general.

Las instituciones bancarias estarán obligadas a enterar los recursos correspondientes tanto a la beneficencia pública como a la dependencia responsable de la seguridad pública, dentro de un plazo máximo de quince días contados a partir del 31 de diciembre del año en que se cumpla el tiempo de abandono de las cuentas.

El documento fue avalado en lo general, con 483 votos a favor, cero en contra y una abstención y, en lo particular, con 366 votos a favor, 102 en contra y cero abstenciones.

En los transitorios, se menciona que a efecto de disponer de los recursos que prescriben en favor de la seguridad pública, estos serán considerados como excedentes en términos del artículo 19 de la Ley de Ingresos de la Federación.

Además, el Sistema Nacional de Seguridad Pública, a través de su Consejo Nacional, deberá instrumentar los mecanismos de coordinación con los bancos a fin de estar en posibilidades de realizar el traslado de los recursos financieros en un plazo que no exceda los 180 días a partir de la entrada en vigor de la reforma.

El Sistema Nacional de Seguridad Pública deberá establecer de manera anual los mecanismos de distribución de los recursos, atendiendo las necesidades y prioridades establecidas en los correspondientes instrumentos, así como en la legislación correspondiente, el cual deberá establecer un porcentaje de 50 por ciento para la Federación, un 30 por ciento para las entidades federativas y un 20 por ciento para los municipios del país y alcaldías de la Ciudad de México.

La iniciativa presentada por el diputado Moisés Ignacio Mier Velazco (Morena) y suscrita por la diputada Juanita Guerra Mena (Morena), se consideró de urgente resolución, se le dispensaron todos los trámites, se sometió a discusión y votación de inmediato, y se canalizó al Senado de la República para su discusión.

¿Cómo recupero el dinero de una cuenta inactiva?

En caso que una persona quiera reclamar el saldo ubicado en la cuenta concentradora o cuenta global, deberá demostrar que es el titular de dicha cuenta con su contrato, así como presentando una identificación oficial en su banco.

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