El ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) Arturo Zaldívar, respondió al comentario de la senadora del Partido del Trabajo (PT) Martha Márquez, luego de que se parara frente a él con un cartel en contra del aborto, en la Cámara Alta.
“Ministro presidente Arturo Zaldívar: Si su mamá hubiera abortado, usted no sería presidente”, decía la pancarta escrita a mano, que la expanista colocó frente al ministro de la SCJN después de su asistencia a la sesión para la entrega física de la Medalla Belisario Domínguez.
Más tarde, Arturo Zaldívar respondió a través de redes sociales a la legistadora, manifestando su postura por los derechos reproductivos de las mujeres.
“La maternidad de mi madre fue deseada. De no haber sido así, ojalá que en aquel tiempo hubiera podido ejercer sus derechos reproductivos. Todos los derechos para todas las mujeres”, escribió el ministro en Twitter.
La maternidad de mi madre fue deseada. De no haber sido así, ojalá que en aquel tiempo hubiera podido ejercer sus derechos reproductivos. Todos los derechos para todas las mujeres. https://t.co/X61MSTYQBY
— Arturo Zaldívar (@ArturoZaldivarL) October 18, 2022
La acción de la legisladora petista fue criticada por usuarios de redes sociales, quienes señalaron que “se le salió lo panista”.
La actitud de Márquez provocó seriedad entre los y las legisladoras de Morena y del PT, partido donde se refugió cuando, el año pasado, dejó el grupo del PAN, luego de que no obtuviera la candidatura de ese partido al gobierno de Aguascalientes.
La acción ocurrió luego de que el pasado lunes 10 de octubre, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó una porción de una norma de Aguascalientes que habla sobre proteger la vida “desde su concepción hasta la muerte natural”.
Esta frase forma parte del Artículo 2, párrafo cuarto, de la Constitución del Estado de Aguascalientes, y fue aprobada por el congreso local en febrero de 2021 y entró en vigor un mes después. La iniciativa aprobada el año pasado recopilaba una iniciativa ciudadana del Frente Nacional por la Familia.
El Tribunal Pleno de la Corte apuntó que las entidades federativas no tienen la facultad para modificar el concepto definitorio de “persona” en las constituciones locales.
“La Corte precisó que la norma impugnada podía comprometer el ejercicio de los derechos a la autonomía reproductiva, vida, igualdad, salud e integridad personal de las mujeres y personas gestantes (hombres trans y personas no binarias)”, puntualizó la autoridad.