La Fiscalía General de la República (FGR) informó este martes 25 de octubre obtuvo la aprobación para incautar cinco propiedades del narcotraficante Rafael Caro Quintero.
Mediante un comunicado, la FGR indicó que a través de la Unidad Especializada en Materia de Extinción de Dominio (UEMED) obtuvo una sentencia favorable en la que se declaró procedente el ejercicio de la acción de extinción de dominio a favor del Gobierno Federal sobre cinco inmuebles ubicados en Zapopan, Jalisco.
La resolución fue dictada por la Jueza Sexto de Distrito en Materia de Extinción de Dominio con sede en la Ciudad de México mediante juicio oral, declarando judicialmente la extinción de dominio de los cinco bienes inmuebles, propiedad de Rafael Caro Quintero a favor del Estado, “afectando así las finanzas de la delincuencia organizada”.
“El 25 de octubre de 2019, se presentó ante la Dirección General de Procedimientos Internacionales una petición del Director de la División Penal del Departamento de Justicia de los Estados Unidos de América, a través del cual solicitó asistencia jurídica internacional para el decomiso de inmuebles que se encuentran en Zapopan, Jalisco, respecto de los cuales se demandó la extinción de dominio en la Corte de Distrito Este de Nueva York, toda vez que fueron adquiridos con recursos procedentes de la venta de narcóticos”, señala el documento.
Dicha solicitud consistía en que se diera publicidad a la demanda de extinción de dominio; se realizara notificación a los demandados; se tomaran las medidas necesarias para preservar los bienes asegurados y en su momento, en términos de la Ley Nacional de Extinción de Dominio, se ejercitara la acción de extinción de dominio respecto de cinco inmuebles.
Dan otra suspensión a Caro Quintero para no ser extraditado a EU
Hace unos días, Tania Rosalinda Méndez López, titular del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia de Amparo y Juicios Federales en el Estado de México, concedió una suspensión de plano al capo mexicano.
La juez estimó, como ya lo han hecho otros juzgadores, que no se puede extraditar al capo sin antes enfrentar un juicio con base en el Tratado de Extradición entre los gobiernos de México y Estados Unidos.
“Se suspenda todo acto tendente a extraditar al quejoso Rafael Caro Quintero del territorio nacional, única y exclusivamente para el caso que sea o haya sido ordenado por alguna de las autoridades señaladas como responsables fuera de procedimiento”, agrega la notificación relacionada con el expediente 1630/2022.