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Senado castigará ataques con ácido con 7 a 13 años de prisión

Las y los senadores argumentaron que el 80 por ciento de los ataques con ácido son dirigidos a mujeres, por lo que una gran mayoría aprobó las modificaciones al Código Penal Federal.

La saxofonista María Elena Ríos Ortiz fue atacada con ácido en septiembre del 2019; lucha porque la Fiscalía ejecute una orden de aprehensión por el caso contra el presunto autor intelectual del intento de feminicidio. (Cuartoscuro).

El Senado de México aprobó penas de siete a 13 años de prisión y multa de 300 a 700 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), a quienes ataquen a personas con ácido, que con frecuencia y el la mayoría de los casos, daña a las mujeres.

Las medidas contra esta acción se aprobaron con 79 votos a favor. Con ello, se reformó el Código Penal Federal (CPF), que tipifica como delito arrojar ácido a una persona.

‘’Se sanciona con cárcel que quien cause lesiones con cualquier tipo de agente o sustancia corrosiva, cáustica, irritante, tóxica o inflamable, así como ácidos y sustancias similares’', se lee en la modificación del Senado.

Las y los senadores plantearon añadir el Artículo 297 Bis, donde se detalla la sanción para quien sea responsable de agredir a alguien con sustancias que corroan la piel.


¿Qué aspectos se tomarán e cuenta para las sanciones a personas que ataquen con ácido?

El tamaño de la sanción se medirá en función de las lesiones derivadas del ataque con ácido, ya que puede derivar en lesiones y enfermedades incurables, discapacidad completa del agredido, pérdida de extremidades u órganos, así como afectación de funciones orgánicas.

También se considerará la cercanía del atacante con la víctima, la pena establecida aumentará dos terceras partes cuando se tenga una relación de parentesco, sentimental o laboral.

La reforma indica que el personal de salud debe notificar al Ministerio Público sobre los casos de personas lesionadas con químicos.

Las autoridades tendrán la obligación de reparar el daño a la víctima. Otro cambio se realizó en el artículo 85, para establecer que no se otorgará libertad preparatoria a los sentenciados por el delito.


En tanto, en el artículo 297 se hizo constar:

‘’Si las lesiones se realizan en peleas, duelos o riñas, las sanciones establecidas pueden disminuir hasta la mitas, según sea el caso. Se tomará en cuenta la mayor o menor importancia de la provocación’', se lee en la modificación de los legisladores.

Las y los legisladores discutieron a favor de aprobar la iniciativa, ya que el fenómeno afecta en la mayoría de lo casos a las mujeres; el 80 por ciento de los ataques con ácido son contra ellas.



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