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Plan B de reforma electoral ‘sin dientes’: AMLO admite estas limitaciones

López Obrador enviará al Congreso la nueva iniciativa de reforma a leyes secundarias en materia electoral este fin de semana.

El 'plan B' de reforma electoral de AMLO no le permite cumplir con algunos de sus objetivos iniciales. (Cuartoscuro/Nacho Ruiz)

La discusión y votación del dictamen de la reforma electoral en el pleno de la Cámara de Diputados se aplazó para el próximo 6 de diciembre con el objetivo de ampliar el tiempo de análisis.

Aunque los legisladores de Morena aún tienen esperanza de alcanzar acuerdos con integrantes de la oposición, el presidente Andrés Manuel López Obrador se ha mostrado pesimista al respecto y ha llegado a asegurar que su iniciativa será rechazada.

“Es muy claro que no quieren ninguna reforma electoral porque quieren tener el control de los órganos electorales del Consejo y del Tribunal electoral y del dinero también”, dijo esta mañana.

No obstante, el mandatario aún cuenta con un plan B que consiste en reformar seis o siete leyes secundarias y reglamentarias para “transformar al sistema electoral mexicano”, sin tocar la Constitución. El problema es que esta disposición no le permitirá cumplir con algunos de sus objetivos planteados inicialmente pues requieren necesariamente de una modificación constitucional. Estas son algunas de las limitaciones señaladas este martes por el presidente.

Reducción de diputados

En la iniciativa de reforma electoral, López Obrador planteó desaparecer a los 200 legisladores plurinominales de la Cámara de Diputados, sin embargo, esto no será posible cumplirlo a través de la modificación a leyes secundarias.

La Cámara baja se integra por 500 diputados, 300 electos por mayoría relativa en los 300 distritos electorales del país, llamados uninominales y 200 electos por el sistema de representación proporcional, conocidos como plurinominales.


Para que un partido político pueda participar en la elección de diputados por el principio de representación proporcional, debe acreditar que ha registrado candidatos a diputados por el principio de mayoría relativa (o sea, por voto directo) en cuando menos 200 de los 300 distritos uninominales.

Si cumple con este requisito, el partido político puede registrar sus listas regionales de candidatos en las cinco circunscripciones plurinominales. Estas listas contienen 40 fórmulas, es decir, el nombre de titulares y suplentes de la diputación plurinominal.

Adiós recorte de recursos a partidos

La reforma proponía que los partidos políticos solo recibieran dinero público para gastos de campaña y ya no un pago mensual como ocurre en la actualidad. También establecía una regulación a las aportaciones de terceros a las formaciones políticas.

Consejeros del INE y magistrados del Tribunal Electoral libran voto popular

La reforma electoral pretendía que los consejeros del INE y los magistrados del Tribunal Electoral fueran elegidos mediante voto popular y no a través de las y los legisladores.

Actualmente los 11 consejeros del INE son designados por votación de la Cámara de Diputados. La o el candidato debe obtener dos terceras partes de los votos de la Cámara baja.

Mientras que los magistrados son propuestos en terna por la Suprema Corte de Justicia de la Nación ante el Senado para ocupar uno de los siete asientos del Pleno del Tribunal. Para ser elegida/o, la persona debe obtener dos terceras partes del voto de la Cámara alta.


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