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Tribunal Electoral ordena reinstalar a tres consejeros destituidos por el INE en Morelos

El tribunal resolvió que no se acreditaron las causas graves que justifiquen válidamente la decisión de remover a los tres consejeros de sus cargos.

Los tres consejeros electorales fueron destituidos por asignar recursos al Partido Socialdemócrata de Morelos. (Cuartoscuro)

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó reinstalar a tres consejeros del Instituto Electoral de Morelos, destituidos en agosto de 2022 por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE).

Por mayoría de tres votos a dos, con la ausencia de la magistrada Janine Otálora Malassis y Felipe de Fuentes, se resolvió que no se acreditaron las causas graves, en principios o valores constitucionalmente protegidos, que justifiquen válidamente la determinación de removerlos de sus cargos

Dado lo anterior se ordenó revocar la resolución INE/CG604/2022 emitida por el Consejo General del INE que declaró fundado el procedimiento de remoción de José Enrique Pérez Rodríguez, Isabel Guadarrama Bustamante y Alfredo Javier Arias Casas como consejeros electorales del Instituto Morelense de Procesos Electorales y Participación Ciudadana (Impepac).

En contra de la reinstalación votaron los magistrados Felipe de la Mata y el presidente de la Sala Superior, Reyes Rodríguez Mondragón quienes consideraron que dichos funcionarios incurrieron en responsabilidad administrativa graves al no cumplir debidamente sus funciones.

Rodríguez Mondragón aseguró que, sí se acreditaron faltas graves por parte de los sancionados, entre ellas, la dilación en el acatamiento de las sentencias judiciales y la invasión de competencias al intentar asignar recursos al Partido Socialdemócrata de Morelos, función que no les corresponde.

“Hay una actuar negligente de las consejerías en las funciones que tienen a su cargo como autoridades locales electorales, y ello es una evidencia de la falta de profesionalismo”, dijo el magistrado Rodríguez Mondragón.


“Confirmar la decisión establece una estándar de alto profesionalismo para que los Institutos electorales y quienes los integran no pongan en riesgo los principios constitucionales que rigen su función y los derechos y procesos de partidos o la ciudadanía, sobre todo si esto puede traducirse en una violación a la certeza, legalidad o la objetividad”, agregó.

En respuesta, el magistrado Vargas, ponente en el caso, dijo que no se acreditan las faltas graves atribuidas a los quejosos, y estimó que la decisión del INE no se puede avalar pues, entre otras cosas, es discrecional.

“Se ejerce de forma discrecional hacia los consejeros, me da la impresión que esta decisión, y de las pruebas se desprende, trae dedicatoria y esa dedicatoria es una depuración de dicho instituto”, dijo Vargas.

Aseguró que, es obvio y está acreditado, que al interior del Impepac hay “un mal ambiente (entre consejeros)”, pero ello no puede llevar en cada ocasión a buscar causales de destitución.

Incluso, llamó a los integrantes del Impepac, en apelación a la concordia de dicha institución, a que resuelvan por otros medios “que no sean la judicialización de sus problemas” las diferencias internas que hay en la institución.

Reyes Rodríguez respondió que no se trata de una decisión del INE “que tenga un elemento de personalización” pues no se está juzgando elementos personales, sino conductas claras de responsabilidad de quienes integraban el Impepac.

A favor de la propuesta del magistrado Vargas votaron la magistrada Mónica Aralí Soto y el magistrado Indalfer Infante González.

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