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Admite la Corte impugnación del INE contra el plan B electoral

El Congreso de la Unión, el Presidente y Segob tienen 30 días para presentar su respuesta ante la controversia.

Plan B Los ministros de la Suprema Corte, ayer, en sesión. (ESPECIAL)

El ministro Alberto Pérez Dayán admitió a trámite la controversia constitucional que presentó el Instituto Nacional Electoral (INE) contra el decreto por el que se modificaron la Ley General de Comunicación Social (LGCS) y la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

Estas normas, que son parte del plan B electoral propuesto por el presidente Andrés Manuel López Obrador, fueron reclamadas por el órgano electoral, al sostener que afectan su labor en la organización de las elecciones en el país.

Ahora, las cámaras de Diputados y de Senadores, así como el titular del Poder Ejecutivo federal y la Secretaría de Gobernación, tienen 30 días hábiles para presentar su respuesta ante esta impugnación.

Hasta el momento, se han presentado ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) 171 controversias constitucionales con las que gobiernos municipales han reclamado las reformas hechas a estas leyes.

Según estas autoridades, con estos cambios se están invadiendo sus competencias, ya que se estaría limitando el presupuesto que pueden destinar a comunicación social, al igual que permitirían a funcionarios externar opiniones políticas durante los comicios.

Asimismo, se han presentado siete acciones de inconstitucionalidad, con las que partidos políticos y legisladores federales de oposición han señalado que los cambios a estas leyes van en contra de la Carta Magna.

El pasado 21 de febrero, el ministro admitió a trámite las acciones de inconstitucionalidad promovidas y otorgó una suspensión para que las leyes impugnadas no sean aplicadas en los procesos electorales que se encuentran en desarrollo en el Estado de México y en Coahuila.

Pérez Dayán señaló en ese momento que otorgó este freno judicial, ya que estas reformas se realizaron durante el periodo de veda, algo que está prohibido por la Constitución.

Además, el juzgador sostuvo que, “de no concederse (la suspensión), la aplicación (de las normas impugnadas) podría causar afectaciones irreparables al sistema democrático y a los derechos fundamentales implicados en éste”.

En diciembre fueron aprobadas las leyes generales de Comunicación Social y de Responsabilidades a los Servidores Públicos, que son parte de las reformas con las que el presidente López Obrador busca modificar las leyes electorales.

Al haber modificado estas normas, el mandatario buscó establecer que los estados y municipios no puedan dedicar más de 0.1 por ciento de su presupuesto anual a su programa de comunicación.

Además, los cambios modificaron el concepto de propaganda gubernamental, permitiendo que los funcionarios públicos expresen opiniones durante el proceso electoral sin ser sancionados.

Asimismo, el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), a finales de diciembre, también señala que el gasto público en propaganda gubernamental se deberá apegar a la austeridad republicana que ha manejado el gobierno.

Con esto, López Obrador ordenó que los entes públicos deben acatar esta orden “para combatir la desigualdad social, la corrupción y el despilfarro de los bienes y recursos nacionales, y administrar los recursos con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, así como satisfacer los objetivos a los que están destinados”.

Estos cambios han sido ampliamente criticados por diferentes sectores de la sociedad, incluyendo el propio presidente del INE, Lorenzo Córdova, quien ha calificado las reformas de ser “demenciales” y de buscar “destazar” al ente electoral.

El plan B también provocó el descontento ciudadano, que el 26 de febrero salió a las plazas públicas del país para exigir a la SCJN que rechace la validez de la reforma.

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