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‘Frenan’ todo el Plan B del INE: Corte otorga suspensión vs. reforma de AMLO

El presidente Andrés Manuel López Obrador ha defendido su propuesta de reforma electoral como una forma de combatir a la ‘burocracia dorada’ del INE.

La Corte justificó la medida al considerar que el Plan B plantea una posible violación a los derechos político-electorales de las y los mexicanos. (Cuartoscuro)

El ministro Javier Laynez Potisek otorgó una suspensión contra toda la reforma electoral propuesta por el presidente Andrés Manuel López Obrador, el conocido ‘Plan B’.

En un comunicado, la Suprema Corte de Justicia de la Nación explicó que el ministro otorgó al Instituto Nacional Electoral (INE) una suspensión provisional contra todos los artículos del plan B ”para efecto de que las cosas se mantengan en el estado en el que hoy se encuentran y rijan las disposiciones vigentes antes de la respectiva reforma”.

“Dicha suspensión fue otorgada debido a que el decreto no solo contiene normas de carácter general sino también actos concretos de aplicación, sobre los cuales la suspensión generalmente se concede”, agregó.

La Corte justificó la medida al considerar que el Plan B plantea una posible violación a los derechos político-electorales de las y los mexicanos.


Ciro Murayama, consejero del Instituto Nacional Electoral (INE), festejó la medida, al señalar que “la defensa ciudadana de las elecciones auténticas valió la pena”.

“Están en pie la división de poderes y la democracia. Gran día para México y sus libertades”, tuiteó.

¿Qué significa la suspensión al plan b de AMLO?

  • No se puede modifiar el esquema de organización del INE, es decir, se suspenden todos los despidos masivos que se iban a aplicar en los órganos de dirección, ejecutivos, técnicos y de vigilancia.
  • El INE podrá conservar su personal “a nivel central y delegacional”.
  • Las prestaciones laborales de los trabajadores del órgano electoral no podrán ser ‘tocadas’.
  • El titular de la Secretaría Ejecutiva del INE, Edmundo Jacobo Molina, no podrá ser cesado.
  • El INE no está obligado (por ahora) a emitir un nuevo estatuto del Servicio Profesional Electoral Nacional “que tenga como objetivo unificar sus dos sistemas: del Instituto y de los organismos públicos locales”.
  • Se pausa la extinción de los fideicomisos de pasivo laboral y de infraestructura inmobiliaria del INE.

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