El ministro de la Suprema Corte, Javier Laynez, propondrá al pleno del Tribunal Constitucional declarar la invalidez total, por violaciones al proceso legislativo, del Plan B de la Reforma Electoral impulsada por el presidente Andrés Manuel López Obrador.
El proyecto se analizará y votará en la sesión del Juez del Pleno de la Suprema Corte y, de aprobarse dicho proyecto, la sentencia tendría efectos inmediatos.
Con ello, se mantendría vigente la Ley que regía hasta antes de la entrada en vigor del decreto invalidado, leyes que, además, ya no podrían ser modificadas hasta concluido el proceso electoral 2023-2024.
El proyecto señala que, según la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, el próximo proceso electoral, en el que se elegirá la o el próximo Presidente de la República, iniciará la primera semana de septiembre de 2023.
Por ello, si el Congreso de la Unión decide, en ejercicio de sus facultades, legislar nuevamente sobre la materia del decreto invalidado, deberá observar el no incurrir en los vicios señalados en la sentencia.
Es decir, deberán garantizar, entre otras cosas, un adecuado proceso legislativo y una consulta previa a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, así como una consulta a las personas con discapacidad.
“Se declara la invalidez del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley General de Partidos Políticos, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y se expide la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de marzo de 2023, en su totalidad”, dice el proyecto del ministro Javier Laynez.
¿Cuáles son las fallas del Plan B de la Reforma Electoral?
El proyecto estima que hubo violaciones graves en al menos siete de los vicios legislativos denunciados por partidos de oposición (Movimiento Ciudadano, PAN, PRD y PRI); diputados y senadores federales de oposición; así como el Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI).
Uno de los vicios legislativos acreditados es que la mayoría morenista en la Cámara de Diputados omitió indebidamente motivar las dispensas de trámite aprobadas en las sesiones del 6 y 15 de diciembre de 2022.
Otro es que no se publicó ni distribuyó la iniciativa con la anticipación debida; uno más es que no se sustituyó la publicada en la Gaceta Parlamentaria por otra versión una vez que ya había iniciado su discusión
El cuarto se refiere a que no se otorgó un plazo razonable para discutir y votar la iniciativa; el quinto radica en que ambas Cámaras del Congreso de la Unión modificaron artículos del proyecto de decreto que, en términos del artículo 72, inciso E, de la Constitución no podían sufrir cambio alguno.
El sexto vicio legislativo acreditado es que las Comisiones Unidas de Gobernación y de Estudios Legislativos del Senado, aprobaron el dictamen sin contar con el quórum ni la mayoría requeridos por el Reglamento de la Cámara alta.
Mientras que el séptimo aspecto es que la reforma se aprobó sin haber realizado una consulta previa a los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, así como una consulta a las personas con discapacidad.
Para el ministro Laynez se trata de violaciones graves al proceso legislativo que, en conjunto, justifican la invalidez total de la reforma impugnada.
“El cúmulo de infracciones identificadas en el procedimiento legislativo recién analizado representa una violación directa al principio de deliberación democrática y, por consiguiente, debe invalidarse el decreto impugnado en su totalidad”, dice el proyecto publicado este lunes en los estrados electrónicos de la Suprema Corte.
El Plan B de la Reforma tenía como propósito una reestructura en el INE, que implicaba un adelgazamiento de su estructura, además de que restaba facultades al Tribunal Electoral federal (TEPJF), entre otros cambios.