El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió que los dichos del presidente Andrés Manuel López Obrador contra Xóchitl Gálvez sí pudieran constituir violencia política de género.
Por ello, revocó el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE), que determinó la improcedencia de las medidas cautelares solicitadas por Gálvez ante los dichos del Presidente en sus conferencias matutinas del 3, 4, 5, 10, 11, 14 y 17 de julio.
Y ordenó al INE emitir un nuevo acuerdo en un plazo no mayor a 24 horas, en el que, a partir de reconocer la utilización de estereotipos de género en esas conferencias, dicte las medidas cautelares solicitadas.
Por mayoría de votos y a propuesta del magistrado José Luis Vargas, la Sala Superior del TEPJF advirtió que los dichos del Presidente contra Gálvez sí pretenden transmitir un mensaje patriarcal.
“Pretenden transmitir la idea de que sus aspiraciones políticas (las de Gálvez) para ocupar un determinado cargo no se sustentan en sus méritos, sino en la decisión de un grupo de hombres”, dijo la sala.
En días pasados Xóchitl Gálvez solicitó al INE, en su carácter de ciudadana, senadora y aspirante a la titularidad del Frente Amplio por México, solicitó medidas cautelares contra el Presidente y diversos servidores públicos.
Acusó que los dichos del mandatario, replicados en redes sociales de funcionarios y del propio gobierno, contienen manifestaciones constitutivas de violencia política de género.
Por ello, pidió al INE ordenar a los denunciados el retiro y la no reproducción, en portales oficiales, de las expresiones denunciadas; y ordenar al Presidente abstenerse de emitir mensajes constitutivos de violencia política de género.
La Comisión de Quejas y Denuncias del INE negó las medidas solicitadas, al considerar que ya se habían retirado de los portales oficiales las conferencias del 3, 4 y 5 de julio, y que en el resto no se refirió a Gálvez por su condición de mujer.
Dijo, además, que no se advirtió un contexto que revelara la comisión de conductas ilícitas que podía continuar o repetirse. Por tanto, dijo que la solicitud era improcedente.
Xóchitl Gálvez impugnó la decisión y la Sala Superior del TEPJF revocó la determinación.
El magistrado presidente Rodríguez Mondragón y el magistrado De la Mata Pizaña coincidieron con la decisión, pero estimaron que la determinación impugnada se debió de haber revocado con efectos restitutorios, sin regresar el caso al INE.