Xóchitl Gálvez, Santiago Creel, Beatriz Paredes y Miguel Ángel Mancera no estarán obligados a renunciar a sus cargos para participar en el proceso interno del Frente Amplio por México rumbo a las elecciones presidenciales de 2024, determinó el Tribunal Electoral del Poder Judicial de Federación (TEPJF).
La decisión es un revés a Morena que impugnó los lineamientos del INE sobre los procesos intrapartidistas en curso ya que buscaba lograr que figuras como Xóchitl Gálvez o Santiago Creel renuncien a sus cargos de legisladores.
El proyecto fue presentado por la magistrada Janine Otálora, pero éste fue rechazado por cinco votos en contra y dos a favor.
La magistrada Otálora proponía un plazo de 48 horas, a partir de la notificación, para que los legisladores que están interesados en obtener la candidatura de la oposición se separaran de sus cargos, con la finalidad de que la contienda se mantenga en principios de neutralidad y prevenir que se puedan utilizar recursos públicos de forma indebida.
“Las personas inscritas en estos procesos participarán llevando a cabo todas las actividades que consideren necesarias para la finalidad de ser electas o designadas en el liderazgo político correspondiente.
“En mi opinión, es evidente que las personas inscritas ejercen un rol protagónico en el desarrollo de estos procesos, son los que encabezan los actos, actividades y propaganda con la finalidad de ocupar los liderazgos políticos que se están construyendo en estos procesos”, dijo la magistrada.
Pero los demás magistrados que votaron en contra consideraron que la determinación iría en contra de los derechos de libre expresión y de ejercicio político.
Los magistrados que votaron en contra fueron Felipe de la Mata Pizaña, Indalfer Infante González, Mónica Aralí Soto Fregoso, José Luis Vargas Valdez y Reyes Rodríguez Mondragón; en tanto que a favor estuvieron Janine Otálora y Felipe Fuentes Barrera.
“Aplicar la separación de los cargos, implicaría una lógica que no es acorde con el diseño constitucional, legal y la línea jurisprudencial del Tribunal”, dijo Reyes Rodríguez Mondragón, magistrado presidente.
Señaló que de aplicar la medida el TEPJF estaría justificando una medida más restrictiva que la prevista para el proceso electoral, buscando garantizar el mismo bien jurídico que es la equidad en la contienda.
“La propuesta, tal cual, como se presenta, no supera un test de constitucionalidad porque me parece desproporcionada y no es idónea la figura para el conjunto de normas que nos toca tutelar”, completó el magistrado Felipe de la Mata.
De los participantes en el proceso de Va por México, Xóchitl Gálvez, Miguel Ángel Mancera y Beatriz Paredes se mantienen en sus puestos como senadores, mientras que Santiago Creel que se ha negado a renunciar como presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados.
Esto determinó el TEPJF sobre fiscalización
En otras sentencias, el Tribunal Constitucional en materia electoral, validó los lineamientos para la fiscalización de los recursos utilizados en los procesos intrapartidistas en curso, y desechó una impugnación contra la creación del opositor Frente Amplio por México.
En la misma resolución las y los magistrados desecharon la impugnación de Morena sobre la prohibición que impuso el INE para que los servidores públicos, distintos a los que aspiran a un liderazgo, se abstengan de emitir opiniones de apoyo o en contra de algún aspirante a un liderazgo partidista.
Y es que dijeron que Morena carece de facultades para acudir al TEPJF en defensa del derecho a la libertad de expresión de los servidores públicos.
Es decir, esta disposición prevista en el artículo 15 de los lineamientos sigue vigente. Las y los magistrados dijeron que el caso se podría analizar nuevamente en cada caso particular que se presente al respecto.