El Gobierno de México reiteró este 15 de septiembre que hacer mal uso de los símbolos patrios puede acarrear a los infractores multas de hasta un millón de pesos.
A través de redes sociales, la Secretaría de Gobernación (Segob) señaló que actos como “bailar” durante la entonación del Himno Nacional es considerado “una falta de respeto”.
“Tal vez pienses que bailar con el Himno Nacional puede ser divertido, pero es una falta de respeto considerada por la ley y podrías enfrentar sanciones”, advirtieron.
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— Gobernación (@SEGOB_mx) September 15, 2023
Tal vez pienses que bailar con el #HimnoNacional puede ser divertido, pero es una falta de respeto considerada por la ley y podrías enfrentar sanciones.
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¿Qué se considera infracción contra los símbolos patrios?
El uso, características y difusión de los símbolos patrios del país está regulado a través de la Ley sobre el escudo, la bandera y el himno nacionales publicada originalmente el 8 de febrero de 1984.
En ella se establecen las siguientes acciones consideradas como infracciones a la ley:
- Alterar o modificar las características de la bandera nacional establecidas.
- Utilizar el escudo nacional sin autorización.
- Inscribir en la bandera nacional la denominación o razón social de instituciones sin previa autorización, así como el nombre de personas físicas para promover su imagen, bienes o servicios.
- Comercializar ejemplares de la bandera nacional que contengan cualquier tipo de inscripciones.
- Portar la banda presidencial.
- Alterar la letra o música del Himno Nacional ya sea con composiciones o arreglos o con fines de lucro.
La Secretaría de Gobernación es la encargada de vigilar el cumplimiento de esta ley y le pueden auxiliar todas las autoridades del país.
Mientras que en los planteles educativos serán las autoridades educativas las que estén a cargo de su ejecución.
¿Cuál es la multa por violar la ley de símbolos patrios?
Los infractores podrán ser acreedores a una o varias de las sanciones siguientes:
- Amonestación con apercibimiento, es decir, una llamada de atención o advertencia ante lo que podría ser una sanción mayor en caso de seguir cometiendo la falta.
- Multa de hasta diez mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) al momento de cometerse la infracción, lo que equivale a un millón 37 mil pesos. Se podrá cobrar esta cantidad por cada día que persista la infracción.
- Arresto hasta por 36 horas.
¿Cuáles son los símbolos patrios?
De acuerdo con las leyes mexicanas, el Escudo, la Bandera y el Himno Nacional, son los símbolos patrios de los Estados Unidos Mexicanos.
- El Escudo Nacional está constituido por un águila mexicana, con el perfil izquierdo expuesto, la parte superior de las alas en un nivel más alto que el penacho y ligeramente desplegadas en actitud de combate; con el plumaje de sustentación hacia abajo tocando la cola y las plumas de ésta en abanico natural.
- La Bandera Nacional consiste en un rectángulo dividido en tres franjas verticales de medidas idénticas, con los colores en el siguiente orden a partir del asta: verde, blanco y rojo. En la franja blanca y al centro, tiene el Escudo Nacional, con un diámetro de tres cuartas partes del ancho de dicha franja. La proporción entre anchura y longitud de la bandera, es de cuatro a siete. Podrá llevar un lazo o corbata de los mismos colores, al pie de la moharra.
- La letra y música del Himno Nacional está autenticado por los tres poderes de la Unión y permanecen depositados en el Archivo General de la Nación, en la Biblioteca Nacional y en el Museo Nacional de Historia.
Esta ley también señala que en festividades cívicas o ceremonias oficiales en que esté presente la Bandera Nacional, deberán rendírsele los honores que cuando menos, consistirán en el saludo civil simultáneo de todos los presentes.