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TEPJF ordena al INE crear un plan de pago de remanente financiero de Morena

INE insistía en que no era aplicable “compensar y/o ajustar un remanente anterior, pendiente de ejecución, con un déficit posterior”.

TEPJF ordenó al INE emitir a la brevedad otro acuerdo en el que atienda la solicitud del partido, únicamente respecto a ajustar el remanente del 2020, descontando el déficit del ejercicio 2021. [Fotografía. TEPJF]

El Tribunal Electoral federal (TEPJF) ordenó al INE instrumentar un procedimiento que permita al partido Morena liquidar un déficit de prerrogativas del ejercicio fiscal 2020 con los remanentes del financiamiento de 2021.

Por mayoría de tres votos, con el voto en contra de la magistrada Janine Otálora Malassis, la Sala Superior del TEPJF señaló que este mecanismo no viola los principios constitucionales.

“La aplicación de esa figura implica que tanto remanentes como déficits sean cantidades determinadas y firmes para extinguir una deuda que permita a la hacienda pública recuperar esa cantidad, lo que abona a la eficiencia y agiliza la recaudación de recursos”, dijeron los magistrados.

“En consecuencia, se considera que es fundado el agravio (planteado por Morena) y se ordena a la autoridad responsable instrumentar el procedimiento para realizar la compensación que permita extinguir o liquidar déficits con remanentes de un ejercicio inmediato anterior”, insistieron.


El caso deriva de un escrito de Morena, de 13 de diciembre de 2022, en el que consultó a INE si es posible ajustar el remanente determinado para cierto ejercicio fiscal, cuyo cobro no ha sido ejecutado, con el saldo a favor del ejercicio posterior.

Asimismo, pidió autorización para realizar la compensación del déficit del ejercicio fiscal 2021, contra el remanente a reintegrar de los ejercicios fiscales anteriores determinados a los Comités Ejecutivos Estatales y Nacional de Morena.

El 31 de mayo pasado, el INE respondió en forma negativa a la consulta planteada por Morena. La decisión fue impugnada y en aquella ocasión el TEPJF ordenó al INE replantear su respuesta.

En octubre pasado, en acato a la sentencia del TEPJF, el INE insistió en que “no resulta aplicable compensar y/o ajustar un remanente anterior, pendiente de ejecución, con un déficit posterior”.

Morena volvió a recurrir la decisión del INE y en sentencia emitida este miércoles, los magistrados le dieron la razón al partido guinda. Por ello, la Sala Superior del TEPJF ordenó al INE emitir a la brevedad otro acuerdo en el que atienda la solicitud del partido, únicamente respecto a ajustar el remanente del 2020, descontando el déficit del ejercicio 2021.

Le pidió también establecer las reglas y los plazos que resulten acordes con la regulación en la materia.

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