Debido a que se ha disparado el uso de los drones con explosivos del crimen organizado, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó reformas al Código Penal Federal ya la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, que imponen hasta 20 años de cárcel a quien los opere.
El dictamen aclara que cuando los ataques sean en contra de elementos de las Fuerzas Armadas, o de Seguridad Pública, la pena se elevará hasta 30 años, ya que precisa que la sanción se aumenta en la mitad.
Con 419 votos a favor, cero en contra y 23 abstenciones, los diputados avalaron la iniciativa que fue presentada por el Ejecutivo federal apenas el pasado 1 de agosto.
Turnado al Senado para su revisión y votación, el dictamen también establece que se impondrán hasta 10 años de prisión a quien importe, fabrique o compre los artefactos.
Además, a quien utilice estos artefactos para tomar fotos y videos en vigilancia de las actividades de servidores públicos también se irá a prisión hasta diez años.
En la exposición de motivos de la iniciativa presidencial se advierte que, tan sólo del 2020 al 2023, se reportaron 605 ataques con drones, según datos de la Secretaría de la Defensa Nacional. Detalla que en 2020 hubo cinco, pero para el 2021 los casos crecieron a 107, en 2022 se elevaron a 233 y que en 2023 la cifra subió a 260 casos.
Por lo anterior, se estableció, en su artículo 163 del Código Penal, que “se impondrá pena de prisión de 10 a 20 años a quien, mediante el uso de aeronaves pilotadas a distancia, arroje cualquier objeto o artefacto explosivo, artefactos explosivos improvisados o armas, así como sustancias químicas que por sí solas o combinadas sean susceptibles de ser empleadas como explosivos sobre otras personas o bienes”.
También sanciona el uso de estos artefactos cuando “impacte a alguna persona o propiedad con el propósito de hacer daño”.
“Cuando la persona o el bien afectado pertenezca o esté destinado a las Fuerzas Armadas o de seguridad pública, la pena establecida se aumentará hasta en una mitad”, subraya el dictamen.
Ordena que “se impondrá pena de cinco a diez años a quien importe, manufacture, arme, adquiera, o adapte aeronaves pilotadas a distancia para el transporte de artefactos explosivos, artefactos explosivos improvisados, armas, narcóticos, drogas sintéticas o demás materiales regulados en la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos”.
Agrega que “a quien utilice aeronaves pilotadas a distancia equipadas con dispositivos para que permitan fotografiar o realizar grabaciones de audio y video, de forma física o empleando medio electrónicos, para vigilar actividades de personas servidoras públicas con la finalidad de conocer o reportar su ubicación para evadir su acción o ejecutar agresiones en su contra, se le impondrá una pena de prisión de tres a 10 años”.