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Propuesta de tribunal de disciplina perseguiría ‘corrupción de jueces, ministros y magistrados’

El tribunal podría recibir denuncias de cualquier persona o autoridad, e investigar a ministros, magistrados, jueces y personal judicial por corrupción, tráfico de influencias, entre otros delitos.

Las sanciones para magistrados, jueces y personal judicial incluirían amonestación, multa, suspensión o la destitución, con excepción de ministros. [Fotografía. Cuartoscuro]

La iniciativa de reforma constitucional al Poder Judicial, presentada a la Cámara de Diputados por el presidente Andrés Manuel López Obrador y asumida como propia por la virtual presidenta Claudia Sheinbaum, plantea la creación de un tribunal de disciplina judicial, el cual perseguiría delitos de corrupción de jueces, ministros y magistrados.

Éste estaría integrado por cinco magistrados electos a nivel nacional por un periodo de seis años, propuestos por los poderes de la Unión.

El Poder Ejecutivo nombraría uno, el Senado nombraría otro y la Suprema Corte de Justicia de la Nación nombraría tres.

El tribunal podría además recibir denuncias de cualquier persona o autoridad, e investigar a ministros, magistrados, jueces y personal judicial por corrupción, tráfico de influencias, nepotismo, complicidad o encubrimiento de presuntos delincuentes.


Asimismo, abrir investigaciones cuando sus resoluciones no se ajusten a los principios de objetividad, imparcialidad, independencia, profesionalismo o excelencia.

Las sanciones para magistrados, jueces y personal judicial incluirían amonestación, multa, suspensión o la destitución, con excepción de ministros.

Este tribunal además podría dar vista al Ministerio Público, en caso de delitos, o solicitar el juicio político ante el Congreso de la Unión.

Este órgano de administración judicial sería el responsable de las funciones administrativas, de carrera judicial y de control interno, así como de elaborar el presupuesto del Poder Judicial.


La reforma propone además nuevas reglas procesales, entre las cuales se establece un plazo máximo de seis meses para la resolución de asuntos fiscales, y de un año para asuntos penales, y plantea que, en caso de rebasar estos plazos, la autoridad judicial debe informarlo al tribunal de disciplina judicial, que podrá investigar y sancionar la demora.

Asimismo, se prohibiría otorgar suspensiones contra leyes con efectos generales en amparos, controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad y, además, se establecería que los poderes judiciales de las entidades federativas deberán aprobar reglas para la elección directa de sus magistrados y jueces, así como órganos de administración y disciplina independientes.

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