La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) validó ayer el conteo distrital de la votación federal para la elección de diputaciones y senadurías por mayoría relativa.
El tribunal resolvió los últimos 10 recursos de reconsideración que impugnaron los resultados del cómputo distrital de la elección de diputaciones federales y senadurías.
En total fueron 157 los expedientes y 138 proyectos de sentencia relacionados con estas impugnaciones. Dichos recursos se resolvieron en siete sesiones públicas.
Los magistrados de la Sala Superior dijeron que con dichas sentencias se tuteló el derecho de acceso a la jurisdicción electoral y se dio certeza a los resultados de las elecciones por mayoría relativa a cargos legislativos.
En sesión pública celebrada ayer, los magistrados desecharon las 10 últimas impugnaciones que tenían pendientes y que fueron promovidas por diversos partidos contra el resultado de la elección en el Estado de México, Puebla, Michoacán, Hidalgo, Jalisco y Ciudad de México.
Por unanimidad, ratificaron el resultado de la elección y la entrega de constancias de mayoría a las candidaturas ganadoras.
Cabe destacar que, en algunos casos, previamente ya se había modificado el resultado de la elección, a través de impugnaciones de primera instancia en las que se ordenó el recuento parcial de votos.
No obstante, y pese a que el resultado de la elección sí tuvo variación, esto no fue suficiente para modificar el triunfo del candidato ganador.
Por ello, la Sala Superior consideró que es válido la entrega de constancia de mayoría a los ganadores, por ejemplo, en el distrito federal radicado en el municipio de Huixquilucan, Estado de México, donde Morena arrebató la preferencia electoral al PAN.
Lo mismo ocurrió en el distrito 11 de la Ciudad de México, seis de Jalisco y 10 en Michoacán, este último donde ganó el candidato de Fuerza y Corazón por México, así como en los distritos de Puebla e Hidalgo.
Con ello, a propuesta de todas las magistraturas del pleno de la Sala Superior, se resolvieron y concluyeron todos los medios de impugnación vinculados con las elecciones de quienes integrarán el Congreso de la Unión por el principio de mayoría relativa.
En otro caso, la Sala Superior resolvió que Movimiento Ciudadano no tiene derecho a acceder a diputaciones por el principio de representación proporcional en el Congreso de Nayarit por incumplir con las reglas electorales en materia migratoria. Por ello, le quitó las diputaciones que ya se le habían asignado.