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¿Cuáles son los días de descanso obligatorio en México para octubre?

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, los días feriados o festivos son aquellos que no son laborables y se consideran como descanso obligatorio.

Los días feriados son aquellos que no son laborables y se consideran como descanso obligatorio. (Foto: Cuartoscuro) (Graciela López Herrera)

Octubre se aproxima y con él sus días de descanso obligatorio. El próximo mes, los estudiantes y trabajadores se verán beneficiados con al menos dos días de descanso.

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, los días feriados o festivos son aquellos que no son laborables y se consideran como descanso obligatorio.

¿Qué días de octubre son descanso obligatorio?

Octubre empieza bien, pues el día 1° es feriado, esto con motivo de la toma de protesta de Claudia Sheinbaum.

Este martes, en sesión, y con 398 votos a favor, ninguno en contra ni abstenciones, la Cámara de Diputados aprobó una minuta con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción VII del artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo.

Esta modificación fue para determinar que el 1 de octubre de cada seis años deberá ser considerado como día de descanso obligatorio con motivo de la transmisión del Poder Ejecutivo Federal, en lugar del 1 de diciembre, como era antes.

Además, los estudiantes de educación básica podrán disfrutar de un fin de semana largo, pues el viernes 25 de octubre habrá Consejo Técnico Escolar, por lo que suspenden clases en las escuelas públicas.


¿Qué pasa si trabajas un día feriado?

De acuerdo con el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo, tanto personas empleadoras como personas trabajadoras deberán determinar el número de trabajadoras y trabajadores que deban prestar sus servicios el día feriado.

Quienes trabajen de manera habitual en un día feriado tendrán el derecho a recibir, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado, es decir, un salario triple.

Además, si un día de descanso obligatorio cae en domingo, la persona empleadora deberá cubrirle a la persona trabajadora el pago de la prima dominical señalado en el artículo 71 de la Ley Federal del Trabajo.

Así, las personas trabajadoras recibirán el triple del salario, por laborar en día de descanso obligatorio, más la prima dominical.

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