El ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Juan Luis González Alcántara Carrancá, propuso este 28 de octubre un proyecto para invalidar de manera parcial la reforma al Poder Judicial.
La elección de juzgadores, la instalación de un Tribunal Disciplinario y la reducción de sueldos en el sistema judicial son algunas de las propuestas que integran la reforma, que fue decretada el pasado 15 de septiembre por el expresidente Andrés Manuel López Obrador.
El proyecto presentado por González Alcántara señala que la reforma puede ser declarada como inconstitucionalidad, a pesar de que haya sido aprobada por las dos terceras partes del Congreso de la Unión y cumplido con todas las normativas parlamentarias.
El documento señala que la reforma judicial integra modificaciones a las normas generales en materia electoral, situación que permite a los partidos políticos presentar recursos de inconstitucionalidad. PAN, PRI y Movimiento Ciudadano fueron los que presentaron la impugnación ante le Máximo Tribunal.
La Suprema Corte analiza las acciones de inconstitucionalidad de las reformas a las normas generales con base en lo establecido en el artículo 1° de la Constitución y respetando los derechos humanos contenidos en los tratados internacionales.
La propuesta del ministro de González Alcántara señala que “bajo el amparo de nuestra Constitución, debe mantenerse una República representativa, democrática, laica y federal; y la Corte, como defensora de la Constitución debe revisar, incluso las reformas constitucionales, que contravengan ese pacto”.
🚨#ÚltimaHora #LaCorte publica el proyecto de sentencia del Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, relacionado con los expedientes vinculados a la denominada #ReformaJudicial del 15 de septiembre de 2024.
— Suprema Corte (@SCJN) October 28, 2024
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¿Qué aspectos de la reforma judicial pueden ser declarados como inconstitucionales?
El análisis de Juan Luis González Alcántara pide la eliminación de la elección de jueces y magistrados de distrito por violar la autonomía y la independencia del Poder Judicial. Además señala que no existen las condiciones democráticas que permitan una elección de juzgadores y tampoco existen certezas para la postulación de candidaturas.
“Es claro que tanto el sistema de postulación de candidaturas como el sistema de listas generado para la votación corrompen los fundamentos de nuestra República representativa y democrática”, comentó González Alcántara durante la presentación de acción de inconstitucionalidad.
El documento también rechaza la renuncia de magistrados electorales antes de cumplir su periodo de mandato, ya que la ley exige realizar un procedimiento debido antes de cesar a cualquier juzgador.
La propuesta pide eliminar la normativa que permite ocultar la identidad de los juzgadores que serán sometidos a elección por violar los derechos humanos y electorales de las personas.
González Alcántara planteó rechazar también la iniciativa que invalida a los juicios de amparo, controversias y acciones de constitucionalidad sobre las normas generales.
¿Qué aspectos de la reforma judicial sí aprueba el proyecto de Juan Luis González Alcántara?
Uno de los aspectos que se aprueban en el análisis realizado por el ministro González Alcántara es la reducción salarial y la eliminación de fondos y fideicomisos en el Poder Judicial, ya que no violan la independencia judicial.
El proyecto también se pone a favor de la creación del Tribunal de Disciplina en el Poder Judicial para evaluar la labor de los jueces, ministros y magistrados. Sin embargo, propone que los cargos de dicho organismo también sean sometidos a voto popular.
Por último, la propuesta aprueba en que se establezcan plazos para la dictaminación de sentencias jurisdiccionales en materia penal y tributaria.
El Pleno de la Suprema Corte discutirá este 30 de octubre el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara en donde se declara inconstitucional la elección por voto popular de jueces y magistrados.