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Supremacía constitucional: ¿Se puede impugnar el ‘blindaje’ a las reformas que aprobó Morena?

La reforma de supremacía constitucional fue aprobada en el Congreso de la Unión esta semana y avalada por más de 17 Congresos locales.

Para el consultor en litigio estratégico, hay al menos cuatro mecanismos para impugnar la reforma de supremacía constitucional y dependerá de la Corte. (Foto: Cuartoscuro) (Suprema Corte de Justicia de la Nación)

Luego de que la reforma que establece la improcedencia de controversias constitucionales, acciones de inconstitucionalidad o juicios de amparo contra las adiciones o reformas a la Carta Magna fuera aprobada en el Congreso de la Unión, surge la duda de que si esta podrá ser impugnada.

Miguel Alfonso Meza, presidente de la asociación Defensorxs, aseguró que sí hay forma de impugnar la ley y que estaría en manos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) poner freno a la supremacía constitucional.

¿Se puede impugnar la reforma de supremacía constitucional?

Para el consultor en litigio estratégico, hay al menos cuatro mecanismos para impugnar la reforma de supremacía constitucional que aprobaron Morena y sus aliados.

Detalló que los tres primeros son los mecanismos de control constitucional ya conocidos: el amparo; la acción de inconstitucionalidad, que presentan los partidos políticos; y las controversias constitucionales, que son presentadas por gobernadores, los congresos estatales o juzgados locales.


“Esos son como los tres mecanismos que se pueden activar, aunque digan que no procede contra reformas constitucionales”, señaló.

Miguel Alfonso Meza agregó que el cuarto mecanismo es que la Suprema Corte, en su estudio que está llevando a cabo de la reforma judicial, también analice la forma de maniobrar ahora esta nueva ley de Morena.

“La Corte tiene que determinar cómo maniobra eso, por ejemplo, el ministro (Juan Luis González Alcántara Carrancá) podría simplemente continuar con su proyecto, de anular parcialmente la reforma judicial, y hacer como que no existiera esta nueva reforma o modificar ese proyecto para volverlo a plantear en el contexto de que ya existe esta reforma”, dijo el consultor.

En este tenor, también pueden pasar dos cosas: que se desechen todas impugnaciones en contra de la reforma al Poder Judicial o los ministros pueden declarar que lo que hicieron es inconstitucional.


“Un poder limitado se está dando un poder ilimitado, entonces, aunque no está impugnado en este caso, no se aplica esa nueva regla, porque la Corte tiene esa facultad también de inaplicar algunas normas que considera que son inconstitucionales”, señaló Alfonso Meza.

El presidente de la asociación Defensorxs agregó otro escenario en el que sería impugnable la reforma de supremacía constitucional.

Alfonso Meza explicó que la Suprema Corte Otro podría esperarse a que se impugne la supremacía constitucional y luego decidir si la reforma judicial es legal o no.

¿Por qué surgió la reforma de supremacía constitucional?

Miguel Alfonso Meza, presidente de la asociación Defensorxs, recalcó que la reforma de supremacía constitucional surgió como una medida para proteger la reforma judicial, que enfrenta varias impugnaciones desde que se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado 15 de septiembre.

“Esta supremacía sucede en el contexto de la reforma judicial, por brindar esa reforma, pero además para darse una carta en blanco para brindar todas las futuras reformas que quieran hacer”, señaló.

Confió en que el martes que se resuelva el proyecto del ministro Alcántara Carrancá se pueda proceder con la reforma de supremacía constitucional.

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