Nacional

Día de la Vigen de Guadalupe: ¿Abren los bancos este 12 de diciembre?

Además del Día de la Virgen, el 12 de diciembre se celebra el Día del Empleado Bancario.

Entérate de que sucede con las instituciones bancarias este día de tradición en el país.

Este 12 de diciembre miles de mexicanos cantarán las tradicionales mañanitas por el Día de la Virgen de Guadalupe, por lo que algunas empresas suspenden actividades derivado de las peregrinaciones.

Ante estos hechos, surge la duda sobre si las instituciones bancarias abren sus puertas este jueves, pues no solo se festeja a la ‘Morenita del Tepeyac’, si no que también es el Día del Empleado Bancario.

¿Los bancos abren el 12 de diciembre?

De acuerdo con el calendario de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) las sucursales de las distintas entidades financieras mantendrán cerradas sus puertas este 12 de diciembre, pese a no estar marcado como día de descanso oficial dentro de la Ley Federal del Trabajo (LFT).

Banco Azteca es la única entidad financiera que abrirá sus puertas, con un horario de 9:00 de la mañana a 21:00 horas, pues es el único banco que ofrece servicios todo el año.


Así que toma tus precauciones, pues no podrás realizar trámites u operaciones dentro de las sucursales.

¿Qué operaciones bancarias puedo hacer el 12 de diciembre?

Pese a que las sucursales de los bancos estarán cerradas, algunas entidades financieras ofrecen su banca en línea, a través de la cual es posible realizar distintas operaciones como transferencias, depósitos o pagos de servicios (luz, agua, teléfono).

Día de la Virgen de Guadalupe: ¿Cómo se paga el 12 de diciembre?

Aunque el 12 de diciembre se suspenden labores en algunas escuelas y empresas debido al ‘caos’ que generan las peregrinaciones y lo difícil que es encontrar transporte público, el Día de la Virgen no está considerado como día de asueto oficial en la LFT.

Por esta razón, aquellos que deban presentarse a las oficinas para cumplir con su jornada laboral recibirán el monto normal de su sueldo.

Los días de descanso oficial son los siguientes:

  • El 1o. de enero;
  • El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero;
  • El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo;
  • El 1o. de mayo;
  • El 16 de septiembre
  • El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre;
  • El 1o. de octubre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal;
  • El 25 de diciembre;
  • El que determinen las leyes federales y locales en caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.

También lee: