Nacional

Tabla de vacaciones dignas 2025: ¿Cuántos días de descanso te tocan por ley este año?

El 2025 está a unos días de comenzar; consulta cuántos días de vacaciones tendrás este año a partir de la antigüedad que tienes en tu empleo actual.

Tu derecho a las vacaciones se incrementa cada año dependiendo de la antigüedad que tengas en la empresa donde laboras. (Foto: Shutterstock)

A dos años de que entró en vigor la reforma de vacaciones dignas como uno de los cambios más importantes a la Ley Federal del Trabajo (LFT), todavía existen dudas sobre su aplicación.

Desde 2023, los trabajadores pueden disfrutar de 12 días de descanso (en lugar de los seis que se daban anteriormente) al cumplir su primer año de antigüedad en su empresa, por lo que en este 2025 pueden exigir este derecho a sus empleadores.

La aprobación de la reforma es un avance de los derechos laborales, pues desde 1970, cuando promulgó la Ley Federal del Trabajo, el número de días destinados para el periodo vacacional se había mantenido en seis, lo que quiere decir que tuvieron que pasar 53 años para reformar esta norma.

Si ya alistas tus vacaciones de invierno y desconoces cuántos días de descanso te corresponden, te explicamos cómo saberlo para que organices tus viajes.


¿Cuántos días de vacaciones te corresponden por año trabajado?

Con las modificaciones hechas a los artículos 76 y 78 de la LFT, se determinó que por cada año laborado se deberán incrementar los días de descanso, dos por año, durante los siguientes cinco hasta llegar a los 20 días.

Lo anterior significa que si llevas dos años trabajando en el mismo lugar, te corresponden 14 días de vacaciones; si son tres años te tocan 16 y así sucesivamente hasta el quinto año laboral.

A partir del sexto año, el periodo de vacaciones aumenta dos días por cada lustro trabajado. De esta manera, de los seis a los 10 años de antigüedad, te corresponden 22 días de descanso, mientras que de los 11 a los 15 años laborados en una misma empresa, ya podrás alcanzar los 24, casi un mes entero.

Para facilitar este cálculo, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) realizó una tabla de vacaciones dignas que te presentamos a continuación:


¿Puedo tomar mis vacaciones seguidas?

La respuesta es sí. El artículo 78 de la LFT es claro en este sentido. Afirma que todas las personas trabajadoras tienen la libertad de utilizar este tiempo de la forma que ellos deseen. Así lo dice:

“La persona trabajadora disfrutará de doce días de vacaciones continuos, por lo menos. Dicho periodo, a potestad de la persona trabajadora podrá ser distribuido en la forma y tiempo que así lo requiera.”

Por lo general, los periodos vacacionales se fijan de común acuerdo entre el trabajador y el patrón o empresa, pero siempre considerando las necesidades de ambas partes.

Recuerda que el periodo de solicitud de vacaciones dependerá de las políticas y del contrato de trabajo y/o reglamento de la empresa para la cual prestas tus servicios.

El artículo 81 de la Ley Federal de Trabajo también determina que las vacaciones se deben conceder a los empleados dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicio. En caso de que no las hayas tomado, solo podrás reclamar las que correspondan a un año anterior.

¿Qué hago si la empresa no me quiere dar vacaciones?

Las vacaciones son un derecho irrenunciable que tienen todas las personas trabajadoras, así que en en caso de que tu patrón no te permita tomarlas, o bien, no lleguen a un acuerdo, puedes acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) para recibir asesoría gratuita y personalizada.

¡ Y mucho ojo! Recuerda que los empleadores tampoco pueden cambiar las vacaciones por un monto económico. La Ley Federal del Trabajo establece que los días de descanso que te correspondan no podrán compensarse con una remuneración ni en especie ni en dinero, por lo cual se deben disfrutar.

También lee: