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¿Andas en moto en el DF? Considera estos aspectos del nuevo reglamento

El nuevo reglamento de tránsito de la Ciudad de México contempla diversos cambios tanto para los peatones, ciclistas, prestadores del servicio de transporte público y motociclistas. Aquí 6 puntos que debes de tomar en cuenta si andas en moto en el DF.

La nueva reglamentación de tránsito de la Ciudad de México, que entró en vigor el martes 15 de diciembre, le da prioridad a los peatones, ciclistas, usuarios de transporte público, prestadores de servicio del transporte público y prestadores del servicio de transporte de carga y mercancías antes que a los motociclistas y usuarios de autos particulares.

Te presentamos 6 aspectos del nuevo reglamento vial que como motociclista tienes que tomar en cuenta:

1.- Los motociclistas deberán circular todo el tiempo con las luces traseras y delanteras encendidas y usar aditamentos luminosos o bandas reflejantes en horario nocturno; de no hacerlo se les cobrará una multa de 349.75 pesos (sanción equivalente a 5/ 10 veces la Unidad Cuenta de la Ciudad de México).

Así es como los oficiales establecen el monto de la sanción:

2.- También deberán hacer uso de su área de espera en los altos sin invadir el cruce peatonal, de no ser así se les levantará una infracción de 699.5 pesos (sanción equivalente a 10/ 20 veces la Unidad Cuenta de la Ciudad de México). El área de espera para bicicletas y motociclistas en los semáforos está marcada en la calle con el dibujo de los respectivos vehículos de transporte.

3.- Si el motociclista no lleva a bordo sólo la cantidad de personas para las que tiene capacidad, o si él y sus acompañantes no usan casco, se les levantará una multa de 699.5 pesos (sanción equivalente a 10/ 20 veces la Unidad Cuenta de la Ciudad de México).

4.- Si el conductor transporta carga que impida mantener ambas manos sobre el manubrio o se sujeta a otros vehículos en movimiento, se le multará con 349.75 pesos (sanción equivalente a 5/ 10 veces la Unidad Cuenta de la Ciudad de México).

5.- Si transportan a pasajeros menores de 12 años o a uno entre el conductor y el manubrio se les multará con 699.5 pesos (sanción equivalente a 10/ 20 veces la Unidad Cuenta de la Ciudad de México).

6.- Los conductores de todo tipo de vehículos deben rebasar sólo por el lado izquierdo; en el caso de vehículos motorizados que se adelanten a ciclistas o motociclistas deben de otorgar al menos la distancia de 1.50 metros de separación lateral, de no ser así se les cobrará una multa de 349.75 pesos (sanción equivalente a 5/ 10 veces la Unidad Cuenta de la Ciudad de México).

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