El pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) acordó ejercer acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación contra la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Querétaro, publicada el pasado 13 de noviembre en el periódico oficial del gobierno estatal "La Sombra de Arteaga".
La decisión de interponer el recurso es porque se considera que la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Querétaro contraviene disposiciones de la reforma constitucional en transparencia de 2014 contenidas en el artículo sexto de la Carta Magna y de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, promulgada en mayo pasado.
El Inai señala en el recurso que hubo omisiones legislativas y porque se ampliaron las causales de reserva que limitan el acceso a la información.
El acuerdo de ejercer acción de inconstitucionalidad fue aprobada en sesión extraordinaria del Pleno del Inai por las comisionadas Ximena Puente de la Mora –presidente-, Areli Cano Guadiana y María Patricia Kurczyn Villalobos, y los comisionados Joel Salas Suárez y Francisco Javier Acuña Llamas.
La comisionada Cano Guadiana comentó que el recurso está en función del nuevo marco de atribuciones que tiene en Inai y de la revisión que realiza de las leyes de transparencia de los gobiernos locales, expedidas con motivo del proceso de armonización de las leyes de transparencia estatales con la Ley General de Transparencia.
Por su parte la comisionada Puente de la Mora señaló que la revisión de las normas estatales de transparencia es necesaria para que se establezcan estándares unificados en el país y el Sistema Nacional de Transparencia se consolide sobre bases jurídicas sólidas.
En tanto, el comisionado Acuña Llamas expresó que ante la expedición de leyes locales de transparencia, el Inai está obligado a ser sensible para llevar ante el máximo tribunal del país aquellas normas que no van con el espíritu de la reforma constitucional y la Ley General de Transparencia.
El inciso H fracción II del artículo 105 constitucional establece que el organismo garante de la transparencia puede ejercer acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación en contra de leyes de carácter federal, estatal y del Distrito Federal, así como de tratados internacionales celebrados por el Ejecutivo Federal y aprobados por el Senado de la República, que vulneren el derecho al acceso a la información pública y la protección de datos personales.